PedidosYa cerró cuentas de trabajadores que tienen juicios contra la empresa, denunció el PIT-CNT
El Secretariado Ejecutivo del PIT-CNT expresó su solidaridad con los repartidores y denunció que la empresa utiliza su poder sobre el algoritmo para desvincular a quienes reclaman relación de dependencia. La empresa rechaza las acusaciones y atribuye los cierres a “incumplimientos contractuales”.
El Secretariado Ejecutivo del PIT-CNT emitió un comunicado el 26 de setiembre de 2026 en el que declara su solidaridad con los trabajadores y trabajadoras de PedidosYa que, según la central sindical, enfrentan despidos abusivos. La denuncia central apunta a que la empresa viene cerrando “cuentas” —es decir, desvinculando, según entiende la central sindical— a repartidores que tienen juicios en curso contra la compañía por relación laboral encubierta.
El sindicato sostiene que, en pleno avance de las demandas que buscan demostrar la relación de dependencia, PedidosYa recurre a su poder unilateral sobre el algoritmo para “cortarles el sustento” a esos trabajadores. “Ningún trabajador y trabajadora debería perder el trabajo por reclamar los derechos que con lucha conquistamos”, afirma el comunicado del PIT-CNT.
La empresa, por su parte, rechazó que se hayan rescindido contratos como represalia por los reclamos judiciales. Desde PedidosYa sostuvieron que se trata de “unos pocos casos de incumplimientos contractuales identificados”, negando así cualquier relación causa-efecto entre las demandas y las desvinculaciones.
Un contexto judicial adverso para la empresa
En el último año, la Justicia uruguaya viene fallando de manera reiterada a favor de repartidores que reclaman que su vínculo con PedidosYa es, en los hechos, una relación laboral dependiente y no un contrato entre “socios independientes”.
En noviembre de 2025, el Juzgado Letrado del Trabajo de 7° Turno de Montevideo dictó el primer fallo en Uruguay que reconoce dependencia laboral entre un repartidor y PedidosYa. La jueza consideró que, pese al “contrato de arrendamiento de servicios” firmado, existía subordinación jurídica y económica, ejercida mediante un sistema de ranking que la sentencia calificó de “subordinación algorítmica”.
La empresa fijaba unilateralmente las tarifas, controlaba el servicio en tiempo real y podía desactivar cuentas como manifestación de poder de dirección propio de un empleador.
En abril de 2026, el Tribunal de Apelaciones del Trabajo de Tercer Turno revocó una sentencia de primera instancia que había rechazado una demanda y falló —por primera vez a nivel de un tribunal de apelaciones— a favor de un repartidor con más de cinco años en la plataforma. La condena obliga a la empresa a pagar licencia, salario vacacional, aguinaldo y horas extras.
Según el abogado que patrocina varios de estos casos, los cuatro tribunales laborales especializados que se han pronunciado hasta ahora en Uruguay coinciden en que los repartidores de plataformas digitales son trabajadores dependientes y no contratistas independientes.
A esto se suma una condena por prácticas antisindicales: la Justicia ordenó reinstalar a un repartidor que había sido desvinculado tras participar en una mesa de negociación sindical con la empresa. El sindicato UTP denunció que “hace varios años” viene señalando este tipo de prácticas por parte de la compañía.
La Ley 20.396: ¿protección insuficiente?
El comunicado del PIT-CNT también cuestiona el marco normativo vigente. La Ley 20.396, que regula el trabajo en plataformas, otorga una protección insuficiente según la central sindical: garantiza el derecho a conocer los motivos de las decisiones automatizadas, pero no prohíbe que el cierre de cuenta se base en motivos ilegales o discriminatorios.
“En la práctica, las y los riders reciben a diario mensajes de suspensión de cuenta por tiempo indeterminado, sin explicación alguna, lo que genera incertidumbre y una afectación económica directa”, señala el PIT-CNT. La normativa, agrega, “no protege lo esencial: el vínculo laboral”.
La ley dispone apenas que el trabajo en plataformas “puede” prestarse en régimen de dependencia o autonomía, desconociendo la asimetría de la relación laboral. Los trabajadores y trabajadoras “autónomos” bajo esta norma siguen sin acceso al seguro de desempleo, licencias, aguinaldo y otros derechos básicos.
Un historial de conflictos que se remonta a 2021
El PIT-CNT sostiene que estos episodios responden a un patrón más amplio de reducción de la plantilla directamente empleada y sustitución por esquemas de tercerización o “prestadores independientes”.
En enero de 2024, PedidosYa despidió a 250/251 trabajadores del área de atención al cliente y operaciones mediante una videollamada, cerrando su contact center en Uruguay y tercerizando esas tareas a proveedores externos. La UTP calificó la comunicación como “poco clara” y señaló que el anuncio se dio mientras buena parte del personal estaba de licencia. Hubo reuniones tripartitas en el Ministerio de Trabajo, comparecencias de directivos ante el Parlamento y críticas de senadores del Frente Amplio.
En mayo de 2021 ya se había dado una desvinculación de 49 empleados de atención al cliente, con denuncias sindicales de tercerización y precarización.
Aunque el hecho puntual es en Uruguay, PedidosYa enfrenta litigios similares en la región. En Argentina, la Corte bonaerense confirmó en agosto de 2026 una multa de más de 17 millones de pesos a la empresa por no registrar en relación de dependencia a 62 repartidores, rechazando el recurso federal que había presentado la compañía. Esto refuerza que el modelo de “socios independientes” está siendo cuestionado judicialmente en varios países donde opera la plataforma.
Qué sigue para los trabajadores de PedidosYa
No hay, hasta el momento, una cifra concreta de cuántos repartidores fueron afectados por los cierres de cuenta de esta semana, ni los detalles de los casos judiciales puntuales involucrados. La nota original que reveló el episodio está detrás de un muro de suscripción y no brinda ese nivel de detalle.
Tampoco hay confirmación de si el Ministerio de Trabajo convocará una instancia tripartita específica por este episodio, como ocurrió en 2024. Sería esperable una respuesta o comunicado más extenso de UTP-FUECYS-PIT-CNT en los próximos días, dado el patrón de conflictos anteriores donde el sindicato escaló a Parlamento y Ministerio de Trabajo.
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