devolución del iva

Gobierno devuelve el IVA en compras de gasoil a productores rurales que no tributen IRAE

El beneficio será para productores de leche, arroz, flores, frutas y hortalizas que no tributen el IRAE.

Sede del Ministerio de Economía y Finanzas. Foto de archivo
Sede del Ministerio de Economía y Finanzas. Foto de archivo

El Ministerio de Economía y Finanzas, con la aprobación del presidente Luis Lacalle Pou, ordenó el pasado 3 de marzo que se otorgue un beneficio especial de devolución del impuesto de valor agregado a un grupo de empresarios agrícolas.

Se trata de una devolución del IVA (22%) por la totalidad de las compras de gasoil a todos aquellos productores de leche, arroz, flores, frutas y hortalizas y otros sectores productivos agropecuarios que no tributen el impuesto a las rentas de las actividades económicas (IRAE). El gasoil beneficiario de este descuento deberá ser adquirido para la realización de las tareas de la compañía.

La devolución del IVA resultará aplicable desde el 1° de marzo en adelante y por un plazo máximo de un año, en tanto las mismas sean informadas por quienes efectúen las correspondientes enajenaciones, de acuerdo a lo que disponga la Dirección General Impositiva (DGI).

Por su parte, el Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca (MGAP) determinará, en coordinación con la DGI, el universo de productores que podrán apararse a los dispuesto en el decreto cuyo número consecutivo es E/313.

«No obstante, si en los ejercicios en que se accediera al beneficio que se reglamenta, el contribuyente tributara el IRAE por las referidas actividades, no podrá computar como crédito en la liquidación de dicho impuesto, el importe que le hubiera sido devuelto en aplicación del presente régimen», aclara el documento disponible en la página web de Presidencia.

El límite máximo del beneficio, agrega, se determinará aplicando a los ingresos originados en las ventas de cada uno de los productos agropecuarios, correspondientes al último ejercicio fiscal cerrado antes del 1° de julio de 2020, como se detalla a continuación (producto y porcentaje de ventas anuales, respectivamente):

  • Arroz: 4%.
  • Leche: 1.10%.
  • Hortalizas y frutícolas: 1.50%.
  • Citrícolas: 1.30%.
  • Flores: 0.40%.
  • Apícolas: 1.10%.

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