hidrógeno ¿verde?

Gobierno pidió a HIF Global evaluar impacto de planta de hidrógeno verde sobre Colón

El Ministerio de Ambiente de Uruguay establece los requisitos para la evaluación ambiental del proyecto de hidrógeno verde de HIF Global en Paysandú.

Foto: HIF Global
Foto: HIF Global

La empresa chilena HIF Global recibió la comunicación oficial con los términos de referencia que debe cumplir para presentar la solicitud de autorización ambiental previa correspondiente a su proyecto de construcción de una planta de hidrógeno verde y combustibles sintéticos en el departamento de Paysandú.

El documento, enviado por el Ministerio de Ambiente, define los contenidos mínimos que la documentación debe incluir para que el gobierno proceda a evaluar y eventualmente autorizar el inicio de las obras. Dado que el proyecto recibió una clasificación ambiental C, la más baja en la escala, la normativa exige que la empresa elabore un estudio de impacto ambiental de carácter completo y que lleve a cabo audiencias públicas como parte integral del proceso de evaluación.

La determinación más significativa contenida en los términos de referencia es la inclusión de la ciudad argentina de Colón dentro de la zona de influencia del proyecto. Esta decisión se adoptó tras un reclamo formal realizado por el gobierno de Argentina. En consecuencia, HIF Global deberá evaluar de manera específica los impactos ambientales y sociales que la construcción y operación de la planta podrían generar en esa localidad entrerriana. El documento ministerial instruye a la empresa a detallar los elementos más relevantes del medio natural, con especial atención al Área Protegida Islas del Queguay, los cuerpos de agua y los montes nativos.

Asimismo, debe incluir un análisis de los componentes del medio antrópico en el entorno de cada parte del proyecto, considerando específicamente los centros poblados del área de influencia, “incluyendo a la ciudad transfronteriza de Colón”, instituciones educativas y vías de tránsito. El requerimiento extiende la evaluación a la descripción de la “oferta turística y recreativa” vinculada al río Uruguay y su ribera, como balnearios, actividades náuticas y pesca, “con énfasis en la ciudad de Colón y otros receptores relevantes, identificando puntos de mayor sensibilidad y eventos característicos”.

Ampliación del alcance de la evaluación

En otro apartado, el Ministerio de Ambiente solicita a la empresa que justifique la “selección del sitio realizada” para cada componente del proyecto. Este punto adquiere relevancia a la luz de las gestiones realizadas por el intendente de Colón, José Luis Walser, quien a fines de noviembre entregó a la cancillería uruguaya una carpeta con “posibles opciones” para “terrenos alternativos” a la ubicación planeada en Paysandú. Durante esa reunión en el Ministerio de Relaciones Exteriores, Walser mantuvo un intercambio con el intendente de Paysandú, Nicolás Olivera, luego de que este manifestara que no existían posibilidades de relocalizar la planta.

Los términos de referencia también exigen evaluar la incidencia del proyecto en la calidad visual del paisaje circundante. Este análisis debe considerar las instalaciones visibles, como edificios industriales, chimeneas, antorchas y demás estructuras, y su “percepción” desde lo que denomina “receptores sensibles”, entre los que enumera viviendas, centros poblados y zonas recreativas. “A partir de la caracterización del paisaje actual, se analizarán las modificaciones y fragmentación del paisaje”, especifica el documento oficial.

La entrega de estos lineamientos coincide con un nuevo ciclo de movilizaciones ciudadanas en contra del proyecto en la ciudad de Colón. Recientemente se realizó la tercera marcha hacia la cabecera del puente General Artigas, que conecta Argentina con Uruguay. La proclama de los manifestantes estuvo dirigida al presidente argentino, Javier Milei, y al canciller Pablo Quirno, a quienes les pidieron “velar por las inversiones que hace más de 50 años sostienen el modo de vida, no solo de la ciudad de Colón, sino de la región Tierra de Palmares, y de toda la ribera del Río Uruguay”.

Requisitos técnicos y evaluación de recursos hídricos

El documento de términos de referencia establece, además, la obligación de evaluar y justificar las tecnologías seleccionadas para la producción de hidrógeno y combustibles sintéticos. Esta justificación debe incluir una comparación con alternativas disponibles a nivel internacional, “explicitando los criterios que fundamentan su elección, considerando la eficiencia energética, consumo y disponibilidad de recursos, seguridad e impacto ambiental”.

De manera particularmente detallada, el ministerio solicita que las descripciones sobre la hidrología del río Uruguay sean profundas, con el fin de entender “cómo varían los caudales, niveles y velocidades” en períodos de sequía y crecida en los puntos precisos donde el proyecto captaría agua, instalaría infraestructura o descargaría efluentes. El análisis debe ajustarse a lo establecido en el decreto que reglamenta artículos del Código de Aguas y al digesto sobre el uso y aprovechamiento del río Uruguay de la CARU (Comisión Administradora del Río Uruguay).

Los estudios hidrológicos deben, a su vez, contemplar escenarios de cambio climático. Se requiere incorporar proyecciones hidrológicas y climáticas que permitan “evaluar posibles incrementos en la magnitud y frecuencia de los eventos extremos”. El texto ministerial subraya: “Esta información se empleará como insumo en el estudio de impacto ambiental para realizar un escenario comparativo ‘con y sin la descarga de HIF’, manteniendo constantes los demás aportes”.

Paralelamente, se ordena realizar un relevamiento de pozos existentes en la zona de influencia del proyecto. Para cada uno, se debe indicar su localización georreferenciada, la unidad geológica o acuífero del que se extrae agua y los caudales de explotación. Este inventario forma parte de la caracterización ambiental base que requiere la evaluación.

 

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