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Es legal filmar un procedimiento policial abusivo. Te contamos tus derechos al respecto

El SERPAJ tiene un instructivo en que se explica qué hacer en caso de que un procedimiento policial requiera ser filmado por sospechas de irregularidades. La ley de urgente consideración no derogó este derecho

Foto con fines ilustrativos: Carlos Loría
Foto con fines ilustrativos: Carlos Loría

«¿Sabe que no puede filmar por la LUC?», increpa un policía a un ciudadano que estaba filmando un procedimiento policial. El oficial termina obligando a la persona a apagar su teléfono a pesar de que no parecía estar interfiriendo en la realización del operativo y de que es su derecho grabarlo.

Este es uno de los tantos videos que han circulado en las redes sociales en los últimos meses en los que se da cuenta de posibles situaciones de abuso policial, y la gente no suele saber cómo actuar cuando es abordado por un oficial que intenta que no quede evidencia de dicho evento.

¿Se puede filmar un procedimiento judicial? ¿Cuáles son tus derechos al respecto?

El Servicio de Paz y Justicia (SERPAJ), una organización no gubernamental de educación, promoción y defensa de los Derechos Humanos, ofrece una serie de consejos, recomendaciones y herramientas legales para un hecho de esta naturaleza.

Es importante, en todo momento -filmando o no-, nunca interferir o interponerse en un procedimiento policial. Nunca hay que obstaculizar el trabajo de los uniformados, pero desde una distancia prudente y sin estar en una escena donde potencialmente se haya cometido un crimen o un delito, es legal que saques tu teléfono y grabes un video, por las dudas de que llegue a cometerse algún abuso policial

Todo ciudadano tiene derecho a filmar o tomar fotografías del procedimiento, explica SERPAJ, y también se puede acercarse a un oficial y preguntar por qué se está deteniendo a una persona determinada y a dónde está siendo llevada.

La ONG recomienda además identificar al patrullero y a los oficiales, pero además puedes ayudar a la persona arrestada a hacer valer sus derechos preguntándole cómo se llama y si desea avisar a una persona allegada o familiar. Esto último es mucho más importante aún si se trata de un o una menor de edad.

El policía está en la facultad de pedirte que te identifiques, y para ello deberás mostrar tu documento. Siempre que no hayas cometido un delito como desacato o entorpecimiento del procedimiento, hay poco que temer.

«Si el policía a cargo del procedimiento te intimida o te agrede por acercarte o estar registrando, apaga el celular, ya es suficiente con la intervención que realizaste», dice SERPAJ.

Diversos expertos han recomendado además que produce una doble garantía a este derecho en particular usar la herramienta de transmisión de video en vivo por redes sociales, a fin de que quede registrado en internet en caso de que un oficial de policía cometa el ilícito de obligarte a borrar el material o tomar tu teléfono contra tu voluntad. También sugieren que envíes lo filmado por WhatsApp o Telegram a otras personas para generar una copia inmediata.

La ley de urgente consideración no derogó este derecho, por tanto, si un policía aduce eso, no es válido dado que no hay artículo alguno en dicha LUC que lo establezca.

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Habeas Corpus

SERPAJ ofrece además un texto base para solicitar un recurso de Habeas Corpus para pedir la liberación de una persona que haya sido detenida en condiciones irregulares.

SOLICITA HABEAS CORPUS SR. JUEZ LETRADO EN LO PENAL DE TURNO: __________________________________, cédula de identidad ____________________ con domicilio real y constituido en la calle ________________________ al Sr(a). Juez(a) digo: Que vengo a interponer RECURSO DE HABEAS CORPUS A favor del Sr(a) ____________________________, en mérito a las siguientes consideraciones: HECHOS 1. La persona mencionada fue detenida en la fecha ________________, en el barrio ________________________. 2. No se tiene conocimiento de las condiciones de su detención ni de los motivos que la han provocado.

DERECHO

Fundo el derecho en lo dispuesto en los arts. 7, 15 y 17 de la Constitución, art.351 y ss. del CPP, art. 8 de la Convención Americana de Derechos Humanos y art. 14 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos.

PETITORIO

Por lo expuesto, al Sr(a). Juez(a) solicito: 1. Me tenga por presentado, por interpuesto el habeas corpus y por constituido domicilio. 2. Se diligencien en forma inmediata por la Sede las actuaciones correspondientes, a efectos de que la autoridad aprehensora explique los motivos y fundamentos legales de la detención. Si los motivos y fundamentos expuestos contrarían disposiciones legales o constitucionales, así como incumplimientos de las Convenciones y pactos suscritos por nuestro país, se decrete en forma inmediata la libertad de la persona detenida.

Firma el escrito y preséntalo en la Oficina Penal Centralizada (OPEC), ubicada en Juan Carlos Gómez 1236, Montevideo.

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