“Sanción severa y necesaria”: El PN suspendió al edil Gonzalo Gómez por el caso del asesor narco
El Directorio blanco aprobó una suspensión de dos años para Gonzalo Gómez y dispuso que se aparte como edil. También se devolverán a la Junta Departamental los recursos pagados por tareas que no fueron realizadas.

El Partido Nacional resolvió este lunes 5 de octubre suspender durante dos años al edil de Montevideo Gonzalo Gómez, después de analizar su responsabilidad política y ética por la contratación de Pablo Leiva, condenado en el marco de la Operación Trazador. La resolución también establece que Gómez deberá apartarse del ejercicio de su cargo durante el período señalado.
La decisión fue adoptada luego de que el Directorio nacionalista hiciera suyo el dictamen de la Comisión de Ética. Uno de los elementos centrales del caso es que Leiva había sido contratado con recursos públicos y recibía un salario de $52.000 nominales mensuales, aunque el propio Gómez reconoció públicamente que no le había asignado tareas.
Además de la sanción partidaria, el Directorio tomó conocimiento del compromiso de devolver a la Junta Departamental de Montevideo el dinero destinado a remunerar las tareas que no fueron realizadas. La resolución introduce así una consecuencia económica concreta, además del apartamiento político dispuesto para Gómez.
“El directorio del Partido Nacional reafirma su compromiso con los principios de responsabilidad, transparencia, y correcta administración de los recursos públicos, así como con el cumplimiento de las normas y obligaciones éticas que deben regir la conducta de quienes representan al partido en funciones públicas y partidarias”, expresó la colectividad en su declaración.
La contratación de Pablo Leiva quedó en el centro de la sanción
El episodio comenzó a adquirir dimensión política después de conocerse que Pablo Leiva, vinculado contractualmente a Gómez en la Junta Departamental, había sido condenado dentro de la Operación Trazador, una investigación que derivó en varias condenas por delitos relacionados con narcotráfico, lavado de activos, armas y municiones.
En el caso concreto de Leiva, la Justicia dispuso una pena de dos años y seis meses de penitenciaría por lavado de activos en modalidad de posesión y tenencia, en reiteración real con tráfico interno de municiones. Posteriormente, la Fiscalía especializada en Lavado de Activos abrió una investigación preliminar vinculada al caso, cuyo alcance se mantiene reservado.
La Operación Trazador tuvo como uno de sus principales escenarios una vivienda del barrio Brazo Oriental, donde las autoridades incautaron cientos de kilos de estupefacientes, dinero, vehículos, armas y municiones. El procedimiento desembocó inicialmente en tres condenas.
La situación de Gómez, sin embargo, fue analizada en el plano político y ético, independientemente de la causa penal. Las informaciones disponibles indican que el edil no se encuentra indagado por los delitos que determinaron la condena de Leiva.
Gómez reconoció que Leiva cobraba sin tener tareas asignadas
Uno de los elementos que terminó teniendo mayor peso en la discusión interna del Partido Nacional fue el reconocimiento realizado por el propio Gonzalo Gómez sobre el funcionamiento del contrato.
El edil explicó que Pablo Leiva había sido contratado desde diciembre de 2025 y percibía $52.000 nominales por mes, pero admitió que no concurría regularmente a la Junta y que no llegó a desarrollar las funciones que originalmente había pensado encomendarle.
“Pablo Leiva no venía a la Junta Departamental”, reconoció Gómez durante sus explicaciones públicas. También señaló que Leiva “no tenía tareas asignadas” y asumió como un error haber permitido que esa situación se prolongara.
Gómez explicó que la contratación se produjo por recomendación de Lucio Leiva, hijo de Pablo Leiva, con quien dijo mantener un vínculo personal originado en la militancia dentro de la juventud nacionalista. El edil aseguró asimismo que desconocía completamente las actividades ilícitas por las cuales Pablo Leiva terminó siendo condenado.
En sus explicaciones públicas, Gómez reconoció como errores tanto la falta de asignación de funciones como haber basado la contratación en una relación de confianza, sin adoptar —según sus propias palabras— mayores recaudos.
Delgado respaldó una sanción partidaria de dos años
La resolución adoptada por el Directorio establece la suspensión durante dos años de los derechos y obligaciones partidarias de Gonzalo Gómez. La decisión fue aprobada por unanimidad después del análisis realizado por la Comisión de Ética.
El presidente del Directorio blanco, Álvaro Delgado, remarcó públicamente que el análisis partidario se concentró en la dimensión ética de la contratación y no en atribuir a Gómez participación en las actividades ilícitas de Leiva.
La diferencia es relevante: la sanción partidaria responde a que se mantuvo una contratación financiada con recursos públicos pese a que no existían tareas asignadas, mientras que la responsabilidad penal por las actividades investigadas en la Operación Trazador corresponde determinarla exclusivamente a la Justicia.
Gómez ya había solicitado previamente licencia de la Junta Departamental de Montevideo mientras la Comisión de Ética estudiaba su situación. También se había apartado de funciones dentro del Directorio blanco durante el procesamiento interno del episodio.
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