La Suprema Corte de Justicia no dio lugar a la "excarcelación provisional" de los Peirano
Los tres ministros de la Sala Penal de la Suprema Corte de Justicia (SCJ) -los doctores Leslie Van Rompaey, Pablo Troise e Hipólito Rodríguez Caorsi- resolvieron ayer que «no ha lugar» al pedido de excarcelación provisional de los banqueros Dante, Jorge y José Peirano Basso, ex titulares del liquidado Banco de Montevideo.
La libertad provisional «por gracia», una potestad discrecional de los ministros de la SCJ, había sido solicitada por los defensores de los tres hermanos, los doctores Diego Camaño y Pablo Donnángelo.
El primer fundamento de la resolución de los ministros de la Sala Penal de la SCJ señaló que «la gravedad ontológica de los delitos que se imputan a los procesados y su repercusión dañosa en la economía y medio social nacionales, impiden que opere el instituto de la excarcelación provisional por gracia».
Los tres ministros explicaron en un segundo punto que «este instituto de clemencia soberana constituye una suerte de perdón judicial, o en la opinión de Carrara, una concesión a la paz pública que determina que «ciertos actos sean cubiertos con un manto de olvido». Y en las especiales circunstancias de autos, no se advierte cómo la concesión del beneficio podría contribuir a la paz pública y a la armonía de la convivencia social».
Añadieron por último que «tampoco las especiales circunstancias que concurrieron a configurar los ilícitos penales prima facie imputados a los procesados justifican una especial consideración de benevolencia que conduzca a la aplicación de este instituto de ejercicio discrecional y excepcional por la Suprema Corte de Justicia».
Defensores recurrirán
Los abogados de los Peirano, los doctores Camaño y Donnángelo, interpondrán entre hoy y mañana ante los ministros de la SCJ «un recurso de aclaración y ampliación» para que el máximo órgano del Poder Judicial «amplíe los fundamentos de su fallo» de ayer.
«No solicitamos un perdón judicial ni tampoco una benevolencia especial», explicó anoche a LA REPUBLICA el abogado Camaño. La SCJ «negó la excarcelación por razones formales, pero no ingresó en el tema de las violaciones a las normas internacionales en materia de Derechos Humanos que implica una prisión preventiva», agregó.
Los defensores continúan sin descartar nuevas acciones ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), con sede en Washington, sin perjuicio de recurrir ante otros organismos. *
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