víctimas de la dictadura

CA pide que pensiones de víctimas de la dictadura no sean hereditarias. Javier García respalda la idea

Para Manini Ríos y García, estas pensiones son “de privilegio” porque son hereditarias.

Foto: Twitter / Guido Manini Ríos
Foto: Twitter / Guido Manini Ríos

El líder del partido Cabildo Abierto, Guido Manini Ríos, propuso este miércoles que las pensiones para víctimas de torturas y vejaciones de la dictadura no sean hereditarias, lo cual encontró respaldo en el ministro de Defensa Nacional, Javier García.

Para Manini Ríos, la condición de hereditarias de estas pensiones es “una injusticia” y quiere que eso se derogue. Según el legislador ultraconservador, este hecho representa una desigualdad para el resto de pensiones que existen actualmente en el Uruguay.

“Yo creo que es bien atendible, hay que analizarlo”, comentó por su parte Javier García. A su entender, que sean hereditarias las convierte en “pensiones de privilegio”, y agregó: “Ahora que se habla de jubilaciones de privilegio, estas son pensiones de privilegio, ¿no? Porque son hereditarias. no existen en esa situación”, aprovechando la discusión por las jubilaciones de los militares que han sido señaladas como privilegiadas por sus altos montos y baja edad de retiro. 

En conferencia de prensa el lunes, el senador cabildante dijo entender que hay “margen para negociar” y que insistirá al gobierno de Luis Lacalle Pou que se incluyan cambios que propuso Cabildo Abierto y que, hasta ahora, fueron ignorados. 

Desde el Partido Colorado están molestos con las discrepancias de Manini Ríos y su partido, porque creían que “ya había un entendimiento”. “Hemos aceptado propuesta de Cabildo Abierto que no se compartían, como extender el plazo de la transición. Es sorpresivo”, dijo al diario El País un líder colorado que habló desde el anonimato. 

La ley reparatoria

La Ley Nº 18.596 del año 2009, reconoce el derecho de reparación integral a aquellas personas que se consideran víctimas del terrorismo de Estado y de la actuación ilegítima de este. La legislación reconoce un “quebrantamiento del Estado de Derecho en Uruguay que impidió a las personas ejercer sus derechos fundamentales en violación de los derechos humanos, desde el 27 de junio de 1973 al 28 de febrero de 1985”. 

Las personas alcanzadas por este tipo de pensiones reparatorias son aquellas que fueran afectadas por el terrorismo de Estado entre el 27 de junio de 1973 y el 28 de febrero de 1985, y a las víctimas de la actuación ilegítima del Estado en el periodo del 13 de junio de 1968 y el 26 de junio de 1973.

Las personas que son beneficiarias de estas pensiones sufrieron violencia a su derecho a la vida, a la integridad psicofísica y a la libertad, tanto dentro como fuera del Uruguay, por motivos políticos, ideológicos o gremiales. Adicionalmente, se les violó su derecho al debido proceso legal.

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