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Guatemala debate una ley que castiga con cárcel los abortos involuntarios

La llamada “Ley para la Protección de la Vida y la Familia”, también incluye definiciones de “familia” y “diversidad sexual” abiertamente discriminatorias, que contravienen derechos fundamentales de las personas lesbianas, gays, bisexuales y personas transgénero (LGBT), alerta HRW.

Guatemala debate una ley que castiga con cárcel los abortos involuntarios.
Guatemala debate una ley que castiga con cárcel los abortos involuntarios.

El Congreso de Guatemala se encuentra debatiendo la “Ley para la Protección de la Vida y la Familia”, conocida en el país como Iniciativa 52/72, la cual endurece las penas por aborto y limita su uso terapéutico, prohíbe la educación “en diversidad sexual o ideología de género (sic)” y reitera el veto al matrimonio o unión de hecho entre personas del mismo sexo.

El proyecto de ley, impulsado por Aníbal Rojas, diputado del partido Viva (Visión con Valores, fundado por Harold Caballeros, uno de los pastores evangélicos más influyentes del país), ya fue aprobado dos veces en el Congreso y ahora afronta su tercera lectura donde debe aprobarse cada artículo de forma individual para pasar a ser sancionado por el presidente, Jimmy Morales, evangélico y apoyado en los sectores más reaccionarios del país.

«Guatemala y nuestro Gobierno cree en la vida. Nuestro Gobierno y Guatemala cree en la familia basada en el matrimonio de hombre y mujer», expresó recientemente el mandatario.

“La tentativa de la mujer para causar su propio aborto y el aborto culposo serán sancionados con penas de dos a cuatro años”, dice el proyecto de ley en su artículo 10, que modifica el 139 del Código Penal.

Por “aborto culposo propio” se entienden los casos en los que se produce la muerte del feto por acciones involuntarias o que no buscasen su fallecimiento, explicó la ginecóloga Linda Valencia a Publico.es. Así, una guatemalteca que sufra una interrupción del embarazo por motivos naturales será investigada y enfrenta la posibilidad de ir a la cárcel.

Si el proyecto entra en vigor, Guatemala entrará en la lista de países con la normativa más restrictiva del mundo en relación a los derechos de la mujer. En la actualidad, en Guatemala el aborto es legal únicamente cuando esté en riesgo la vida de la mujer o niña embarazada

En El Salvador, vecino de Guatemala, el aborto está prohibido bajo cualquier circunstancia y al menos 30 mujeres que permanecen encarceladas tras perder a su hijo durante el embarazo. Fueron condenadas por homicidio a pesar de que ellas argumentaban haber sufrido problemas durante el parto y no un deseo de interrumpir el embarazo.

El pasado viernes la organización Human Rights Watch (HRW), alertó que el Congreso guatemalteco debería rechazar el proyecto de ley «extremadamente peligroso», dado que «cercenaría gravemente los derechos de las mujeres y personas LGBT en el país».

“Si el Congreso guatemalteco aprueba este proyecto, transmitirá el mensaje de que consideran que las mujeres y personas LGBT son de segunda categoría”, expresó José Miguel Vivanco, director para las Américas de HRW.

“La propuesta carece totalmente de sentido común, es inhumana y podría convertir en criminales a las mujeres y niñas que tengan abortos espontáneos”, agregó.

“Este proyecto legislativo podría tener resultados absurdos y discriminatorios”, opinó Vivanco y resaltó que con su vigencia «una mujer que está recuperando de un aborto espontáneo podría ser sometida a un interrogatorio por las autoridades sobre la pérdida de su embarazo”.

El proyecto legislativo también limita gravemente el acceso al aborto legal para las mujeres embarazadas cuyas vidas están en peligro y exige aprobaciones médicas adicionales a los proveedores de salud que practiquen abortos indispensables para salvar la vida de la mujer. «Esta exigencia podría provocar que el aborto terapéutico sea inaccesible para mujeres y niñas en zonas rurales, de bajos recursos o con acceso limitado a servicios de salud» alerta la organización de derechos humanos.

El texto de HRW también destaca que el proyecto legislativo criminaliza «en términos vagos y amplios la ‘promoción del aborto’, al indicar que todo aquel que ‘directa o indirectamente promueva o facilite medios’ para que las mujeres tengan abortos podría ser condenado a hasta diez años de prisión».

Y advierte que esa disposición podría invocarse «para sancionar y silenciar a organizaciones o personas que brinden información, asesoramiento o derivaciones sobre salud sexual y reproductiva con el fin de contribuir a reducir las enfermedades y muertes que son resultado de los abortos clandestinos e inseguros».

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