pasividades del bps

Cuál es la jubilación mínima en Uruguay en abril: los montos vigentes del BPS

El aumento definitivo del 5,97% se aplica desde el primer mes del año. Quienes habían cobrado un incremento provisorio recibieron en marzo la diferencia correspondiente. A continuación, todos los valores vigentes en abril.

Montos actualizados del BPS en abril de 2026
Montos actualizados del BPS en abril de 2026

A cuatro meses de la entrada en vigencia de los nuevos haberes previsionales, el sistema de pasividades ya opera con los montos actualizados para 2026. Si bien los ajustes fueron anunciados en enero, en abril continúan rigiendo las mismas escalas y porcentajes establecidos por el organismo previsional, conforme a la normativa vigente (Ley N.° 16.713 y Acto Institucional N.° 9, entre otras).

El aumento general de pasividades fue fijado en 5,97%, un incremento definitivo que se aplica a los haberes desde el 1° de enero. Durante los primeros meses del año, muchos beneficiarios percibieron un aumento provisorio; la diferencia con el porcentaje definitivo fue abonada en marzo, tal como estaba previsto.

Aumentos reducidos según fecha de cese

Para quienes cesaron en sus actividades o configuraron la causal de la pasividad durante 2025, el incremento es menor y depende del mes de cese. Estos porcentajes continúan vigentes en abril:

Mes de cese/causal Aumento Mes de cese/causal Aumento
Enero 2025 2,16% Julio 2025 0,98%
Febrero 2025 1,97% Agosto 2025 0,80%
Marzo 2025 1,92% Setiembre 2025 0,76%
Abril 2025 1,46% Octubre 2025 0,61%
Mayo 2025 1,39% Noviembre 2025 0,23%
Junio 2025 1,38% Diciembre 2025 0,00%

Además, el Subsidio Especial por Inactividad Compensada (SEIC) aumentó un 3,65% desde enero.

Montos máximos vigentes en abril

  • Régimen de solidaridad intergeneracional (Ley 16.713): $ 79.430

  • Régimen de transición: $ 117.460

  • Acumulación de pasividades (solo transición): $ 166.080

Acto Institucional N.° 9:

  • Jubilación común, especial y por edad avanzada: $ 117.460

  • Jubilación anticipada: $ 166.080

  • Acumulación de pasividades: $ 166.080

Montos mínimos y prestaciones clave

  • Jubilaciones: $ 20.935 (con exclusiones: no residentes, convenios internacionales con menos del 50% de servicios en BPS, etc.)

  • Pensiones por sobrevivencia: $ 20.935 (excluye hogares con ingresos > 3,05 BPC y menores de 65 años)

  • Aumento diferencial y adicional: $ 21.354 (para quienes cumplan condiciones específicas o perciban entre $ 20.935 y $ 21.354 sin otros ingresos)

  • Mínimo general jubilatorio y pensionario: $ 4.433 (aplica sobre suma de pasividades múltiples)

  • Pensiones graciables (anteriores al 29/11/1988): $ 27.456 (no revaluable en el futuro)

Mínimos iniciales de jubilación común (Ley 16.713 por edades)

Edad Monto Edad Monto
60 $ 10.795 66 $ 18.568
61 $ 12.091 67 $ 19.864
62 $ 13.387 68 $ 21.159
63 $ 14.682 69 $ 22.455
64 $ 15.978 70+ $ 23.749
65 $ 17.274
  • Otras causales (Ley 16.713): $ 18.646

  • Pensión vejez e invalidez: $ 18.575 (con descuentos por otros ingresos)

Otras prestaciones (valores actuales)

  • Prima por edad (régimen anterior a Acto Institucional N.° 9, mayores de 70 años): $ 4.433

  • Prima por edad (Ley 18.095) (ingresos familiares ≤ 3,70 BPC): $ 4.433

  • Subsidio funerario: $ 44.716

  • Traslado de cuerpo fuera del departamento: $ 22.358

  • Sala velatoria: $ 8.304

  • Pensión por violencia doméstica: $ 17.222

  • Pensión a víctimas de delitos violentos: $ 41.184

  • Suplemento solidario: valor base $ 17.591 (con deducciones)

  • Tope no deducible para mayores de 65 años (jubilación por incapacidad total o anticipada exigente): $ 75.390

Límites de ingresos para pensión por sobrevivencia (vigentes en abril)

Fallecimiento hasta el 31/7/2023 (regímenes anteriores):

  • Viuda/concubina: $ 288.836

  • Viudo/concubino sin convivencia: $ 18.575

  • Viudo/concubino con convivencia: $ 77.504

  • Viudo/concubino con dependencia económica: $ 166.080

Fallecimiento desde el 1/8/2023 (Sistema Previsional Común):

  • Personas viudas (derechos directos): $ 20.672

  • Viudo/concubino con interdependencia económica: $ 201.346

  • Padres (carencia): $ 18.574

  • Viuda/concubina con interdependencia (según fechas): valores que van desde $ 236.113 (segundo semestre 2023) hasta $ 262.421 (segundo semestre 2026)

En abril de 2026, todos estos importes ya están plenamente operativos. Los beneficiarios que aún tengan dudas sobre la liquidación de la diferencia del aumento general pueden consultar en las oficinas del BPS o a través de sus canales digitales.

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