Justicia de EE.UU. ordena reactivar procesamiento de visas para Uruguay y otros países del mundo
La decisión revoca además las denegaciones de visa que se hayan basado exclusivamente en esa política, lo que podría derivar en la revisión de miles de trámites ya procesados. El gobierno de Trump puede apelar.

Un tribunal federal de Estados Unidos invalidó la política del gobierno de Donald Trump que desde enero suspendía el otorgamiento de visas de inmigrante a ciudadanos de Uruguay y otros 74 países, en uno de los reveses judiciales más contundentes que ha recibido hasta ahora la agenda antiinmigratoria de la actual administración, según informaron Al Jazeera y PBS.
La resolución fue adoptada por la jueza federal Jeannette Vargas, con sede en Manhattan, quien en un fallo de 61 páginas calificó la medida como “patentemente ilegal” y en conflicto con la ley federal de inmigración. Según su análisis, esa normativa despojó explícitamente al secretario de Estado de autoridad sobre el procesamiento de visas de inmigrante que realizan los funcionarios consulares.
Para la magistrada, designada durante el gobierno de Joe Biden, el Congreso delegó esa facultad de manera exclusiva en los cónsules, y el secretario de Estado, Marco Rubio, la avasalló al imponer una prohibición uniforme basada solo en la nacionalidad de los solicitantes. El fallo representa un precedente significativo en la defensa de los procedimientos migratorios establecidos por ley.
¿Qué implicaba la medida para Uruguay?
La suspensión, vigente desde el 21 de enero, alcanzaba únicamente a las visas de inmigrante —las que habilitan la residencia permanente y la reunificación familiar— y no a las de no inmigrante, como las de turismo, negocios o estudio. Uruguay integraba la lista junto a otros países latinoamericanos como Brasil, Colombia, Cuba, Guatemala, Haití y Nicaragua, además de naciones balcánicas (Bosnia, Albania), del sur de Asia (Pakistán, Bangladés) y de África, Medio Oriente y el Caribe.
El Departamento de Estado había justificado la medida argumentando que los solicitantes de esos países representaban un “alto riesgo” de volverse dependientes de recursos gubernamentales locales, estatales o federales tras ingresar a Estados Unidos. Un cable interno enviado por Rubio a las misiones consulares, presentado como prueba en el juicio, instruía directamente a los funcionarios a rechazar las solicitudes incluso cuando los propios interesados aportaran evidencia adicional para demostrar que no serían una carga pública.
Vargas fue categórica al describir el mecanismo: el resultado estaba predeterminado y la visa sería denegada sin importar el mérito individual del caso, según documentaron medios de Estados Unidos.
Por qué el tribunal la consideró ilegal
El fallo se apoya centralmente en que la Ley de Inmigración y Nacionalidad (INA, por sus siglas en inglés) prohíbe explícitamente discriminar en el otorgamiento de visas de inmigrante por motivos de nacionalidad, lugar de nacimiento o residencia. Al establecer una prohibición categórica por país de origen, sin evaluación individualizada, la política violaba ese principio y usurpaba la discrecionalidad que la ley reserva a los cónsules.
La demanda había sido presentada en febrero por las organizaciones Catholic Legal Immigration Network y African Communities Together, junto con solicitantes de visa y ciudadanos estadounidenses que denunciaron perjuicios a familiares en países como Ghana, Jamaica, Guatemala y Etiopía. Entre los demandantes también figuraban profesionales colombianos que habían recibido notificaciones de rechazo citando expresamente la política cuestionada, según consta en el expediente judicial.
Alcance del fallo y reacciones
La sentencia no se limita a frenar la aplicación futura de la medida: también deja sin efecto las denegaciones de visa que se hayan fundamentado exclusivamente en esta política, lo que abre la puerta a que miles de solicitudes ya rechazadas vuelvan a examinarse. Las negativas sustentadas en otros motivos legales, en cambio, se mantienen vigentes aunque el funcionario consular haya invocado también la suspensión de los 75 países.
Organizaciones de defensa de inmigrantes celebraron la decisión. Joanna Cuevas Ingram, abogada principal del National Immigration Law Center, sostuvo que el fallo representa “una victoria significativa para las familias cuyas vidas se vieron sumidas en el caos por una prohibición ilegal y discriminatoria”. Por su parte, Skye Perryman, presidenta de Democracy Forward, remarcó que la administración “no puede usar la ley migratoria para vetar países enteros ni separar familias sin rendir cuentas”, según publicó el diario dominicano Listín Diario.
Consultado por la agencia EFE, un vocero del Departamento de Estado señaló que la cartera no suele comentar litigios en curso, aunque insistió en que la administración Trump mantiene “los estándares más rigurosos de evaluación y verificación de los solicitantes de visas”. Ni el Departamento de Estado ni la Casa Blanca se pronunciaron formalmente sobre el fallo.
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