Suprema Corte de Justicia rechazó las expresiones agraviantes contra el juez
El comunicado firmado por los ministros Gervasio Guillot, Milton Cairoli, Roberto Parga y Leslie Van Rompaey, y la secretaria doctora Martha Chao de Inchausti expresa lo siguiente:
«Ante la trascendencia pública ventilada en rispideces polémicas que ha provocado el enjuiciamiento y prisión del ex canciller Dr. Juan Carlos Blanco, la Suprema Corte de Justicia ha estimado del caso formular las siguientes precisiones.
En primer lugar declara que todas las opiniones vertidas a favor o en contra de la decisión del Sr. Juez Penal Dr. Cavalli, por acerbas que sean estas últimas, en tanto se hayan expuesto sin incurrir en el agravio a la persona del Sr. Juez, están bajo el amparo de la irrestricta libertad de comunicación del pensamiento consagrada en el art. 29 de la Carta.
No obstante, la Corte considera fuera de lugar aquellas opiniones que apartándose de la materia estrictamente jurídica- alertan sobre las consecuencias que ese procesamiento pudiera tener sobre la alteración de la paz pública.
La decisión de todo verdadero juez –como en el caso actuó el Dr. Cavalli– se toma al margen y con absoluta prescindencia de las repercusiones que ella pueda tener, cualesquiera ellas sean.
Si un juez se aparta de la solución que reputa es la que legalmente corresponde –más allá de su acierto o su yerro– y consulta las consecuencias –buenas o malas– que tenga el fallo a dictar, habrá perdido su independencia y con ella, la esencia misma de la función jurisdiccional. El norte que guía al magistrado no es otro que el que su conciencia le indica en la estricta aplicación de la ley, cometido esencial que la Constitución le asigna conforme a la separación de poderes, propia de un Estado de Derecho y de la forma republicana de gobierno que adopta la Nación Uruguaya en el art. 82.
Las decisiones de los jueces son pasibles de impugnación por las vías procesales naturales para que el órgano de alzada las confirme o revoque con la misma independencia de criterio con que actuó el juez de primera instancia. Sin perjuicio del derecho a la crítica, todo otro ataque el fallo de un juez que se funde en consideraciones extrajudiciales no contribuye al debido respeto por la independencia judicial, pilar del Estado de Derecho y la institucionalidad democrática». *
Te recomendamos
separando conceptos
Debate en el Senado: por qué el FA prefiere tratar el antisemitismo en Derechos Humanos y no en una comisión
La votación en el Senado reabrió un debate que cruza historia, política exterior y definiciones jurídicas. “El primer enemigo del pueblo judío está siendo su presidente, Netanyahu”, dijo un senador frenteamplista.
Compartí tu opinión con toda la comunidad