¿efectivo o tarjeta?

Iglesia evangélica Misión Vida fue multada con US$320.000 por la Secretaría Anti Lavado

La Justicia avaló a la Senaclaft, que había multado a la organización religiosa por recibir donaciones en efectivo con pocos controles. La iglesia había afirmado que se violaba su libertad de culto.

Sede central de Misión Vida, frente al túnel de 8 de Octubre, en Tres Cruces
Sede central de Misión Vida, frente al túnel de 8 de Octubre, en Tres Cruces

En una sentencia que establece un precedente crucial en la intersección entre la regulación financiera y la autonomía de las organizaciones religiosas, la Justicia uruguaya desestimó por completo el recurso de nulidad interpuesto por la asociación civil Misión Vida, una iglesia evangélica con sede en Tres Cruces.

La entidad, una institución religiosa, buscaba revertir una severa sanción económica impuesta por la Secretaría Nacional contra el Lavado de Activos y Financiamiento del Terrorismo (Senaclaft), la cual asciende a 50.000 unidades indexadas, equivalente a más de 320.000 dólares en la actualidad.

El conflicto se origina en octubre de 2021, durante una inspección de la Senaclaft, cuyas conclusiones derivaron en una sanción formal en 2024. El organismo estatal detectó que Misión Vida incumplía sistemáticamente las obligaciones establecidas en la Ley 19.574.

Los hallazgos de la Senaclaft fueron contundentes: no existía forma de identificar a quienes donaban dinero a la organización, no se llevaba un registro de los montos aportados y no se aplicaban procedimientos de debida diligencia ante operaciones potencialmente sospechosas. En esencia, según la secretaría, el flujo de fondos operaba en una caja opaca.

Misión Vida Alega violación a la libertad de culto

Frente a estas acusaciones, la defensa de Misión Vida construyó su argumento sobre un pilar constitucional: la libertad de culto. Alegaron que la aplicación de las normas antilavado a sus actividades vulneraba este derecho fundamental, ya que las donaciones —diezmos y ofrendas— forman parte de prácticas religiosas tradicionales, a menudo realizadas en efectivo y de manera anónima.

La organización sostuvo que la exigencia de identificar a los ofrendantes constituía una “agresión a la libertad de culto” y una “violación a la intimidad de los feligreses”, acusando además a la Senaclaft de discriminación y exceso de poder. “La Iglesia no está de acuerdo en elaborar una estructura de identificación y persecución de los distintos ofrendantes en las ceremonias del culto”, manifestaron en el fallo.

Sin embargo, el tribunal fue taxativo en su rechazo. La sentencia, a la que accedió este medio, establece que las organizaciones religiosas están expresamente incluidas en la ley como “sujetos obligados no financieros”. Los magistrados entendieron que las exigencias de control, destinadas a prevenir delitos graves como el lavado de activos, no interfieren con el núcleo esencial del culto. La práctica religiosa, señalaron, puede coexistir con los deberes de transparencia que impone el Estado de Derecho.

La cruda realidad operativa: bolsas, efectivo y falta de trazabilidad

El fallo no se limitó a los aspectos jurídicos abstractos, sino que desglosó con lupa la forma de operar de Misión Vida, pintando un cuadro de absoluta opacidad. La Justicia determinó que se trata de una organización con un “flujo económico constante, masivo y relevante”, donde aproximadamente el 80% de sus ingresos proviene de diezmos y ofrendas.

Si bien su sede central es en su megacultu de Tres Cruces, reúne a unas 6.000 personas semanalmente en todo el país, haciendo de las donaciones su principal sustento económico.

El mecanismo descrito en la sentencia es revelador: las donaciones se realizan “mayoritariamente en efectivo”. El dinero es recolectado en bolsas durante las celebraciones, donde los fieles depositan billetes en un “alfolí”. En ningún momento se registra la identidad del contribuyente ni el monto específico aportado. “Incluso, los niños pueden realizar donaciones”, subraya el texto, agregando que “no hay ningún control posible sobre el origen de esos fondos al momento de la donación”.

Misión Vida alegó tener protocolos para detectar donaciones superiores a 3.000 dólares, pero la propia Justicia señaló que, dada la forma de recaudación (efectivo anónimo), tales controles son “imposibles” de aplicar en la práctica. El dinero, una vez recolectado, se bancariza, pero para entonces toda trazabilidad sobre su origen individual se ha perdido. La única donación individual detallada en el expediente es una de 8.387 dólares realizada en 2020 por dos hermanas.

 

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