Etiquetado de alimentos: MIEM aumentó límites de grasas, azúcares y sodio permitidos
El MIEM modificó valores y ahora acepta más cantidad de ingredientes controlados.
El Ministerio de Industria, Energía y Minería (MIEM) modificó las cantidades de grasas, grasas saturadas, azúcares y sodio que los productos podrán tener como máximo para evitar el etiquetado de advertencia.
En el artículo 1 del decreto Nº 246/020, del 2 de setiembre de 2020, se establecían estos valores:
Cada 100 gramos para alimentos sólidos podían tener 400 miligramos de sodio, 10 gramos de azúcares (12 g/ 100 g en productos que cumplas las siguientes condiciones: a) máximo de hasta 80% de las calorías aportadas por azúcares; b) sin adición de edulcorantes no nutritivos), 9 gramos de grasas totales y 4 gramos de grasas saturadas.
Cada 100 mililitros para alimentos líquidos podían tener 200 miligramos de sodio, 3 gramos de azúcares (5 g/100 ml en productos sin edulcorantes no nutritivos 7 g en productos que cumplan con las siguientes condiciones: a) máximo de hasta 80% de las calorías aportadas por azúcares; b) sin adición de edulcorantes no nutritivos), 4 gramos de grasas totales y 3 gramos de grasas saturadas.
Cambios hacia arriba
Ahora, con la modificación los valores cambiaron permitiendo más cantidades de estos ingredientes controlados, quedando de esta forma:
Alimentos sólidos (por cada 100 gramos):
Límite de sodio pasó de 400 mg a 500 mg.
Límite de azúcares pasó de 10 gr a 13 mg.
Límite de grasas totales pasó de 9 gr a 13 gr.
Límite de grasas saturadas pasó de 4 gr a 6 gr.
Alimentos líquidos (por cada 100 gramos): todos los valores quedaron iguales que en el decreto original.
Estos cambios empezarán a regir desde el 1° de febrero de 2021.
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