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ASSE designó a una ginecóloga antiaborto en el área encargada de coordinar abortos

MYSU asegura que se sabe de al menos un caso en el que la funcionaria habría interferido.

Presidente de la Administración de Servicios de Salud del Estado (ASSE), Leonardo Cipriani. Foto: ASSE.
Presidente de la Administración de Servicios de Salud del Estado (ASSE), Leonardo Cipriani. Foto: ASSE.

La Administración de los Servicios de Salud del Estado (ASSE) designó en un importante cargo de coordinación de la realización de abortos (IVE, interrupción voluntaria del embarazo) a la ginecóloga Gabriela Fischer, quien ha sido cuestionada por su posición contraria a este derecho de las mujeres y personas gestantes.

Una de las denunciantes de esta designación es la diputada del Frente Amplio, Cristina Lustemberg, quien cuestionó al presidente de ASSE, Leonardo Cipriani, que Fischer esté en el cargo de referente en Salud Sexual y Reproductiva de la Red de Atención Primaria (RAP) Metropolitana, quien le estaría dando “seguimiento al pleno cumplimiento” del derecho al aborto, que está garantizado por ley.

También fue cuestionada la designación de esta profesional por la presidenta de la organización Mujer y Salud Uruguay (MYSU), Lilian Abracinskas. LARED21 le consultó si es cierto que Fischer es “provida”, un concepto adoptado por los mismo movimientos que se oponen al derecho al aborto. “La pregunta correcta es si ella es objetora o no y para ello las autoridades son las que tienen la respuesta”, dijo Abracinskas, y agregó: “Sabemos que interfirió por lo menos en un caso, intentando que no se terminara un proceso legal”. MYSU tiene el testimonio de la mujer y el relato sobre la situación.

“Los objetores están excusados para no cumplir con una ley por sus creencias. ¿corresponde que se les designen para coordinar servicios que rechazan brindar?”, agregó Abracinskas.

La ley que garantizó un derecho

En el año 2012 se aprobó la Ley de Interrupción Voluntaria del Embarazo N°18.987, que regula y despenaliza la práctica de abortos en el Uruguay (excepto para casos definidos en los artículos 325 y 325-Bis del Código Penal).

La ley se aplica a todas las mujeres uruguayas y a las extranjeras que tengan al menos un año de residencia en el país.

Existen tres situaciones en las cuales estos requisitos no son exigibles:

  1. Cuando el embarazo es resultado de una violación el plazo para interrumpirlo se extiende a catorce semanas (requiere presentar denuncia).
  2. Cuando hay malformaciones en el feto incompatibles con la vida extrauterina, cuando se identifica la anomalía.
  3. Cuando existe riesgo grave para la salud de la mujer no se requiere plazo.

La ley fue reglamentada por el Decreto N°375/012 tras el fallo del Tribunal de lo Contencioso Administrativo del año 2015, que declarara nulos total o parcialmente algunos de los artículos del Decreto, el Ministerio de Salud Pública elaboró una serie de ordenanzas que completan el marco normativo para la realización de un aborto dentro de la legalidad en Uruguay.

La ley se puede leer completa en este enlace.

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