EDITORIAL

La hora cero de la Ley de Caducidad

La Asamblea del Consejo de los Derechos Humanos de la ONU fue presidida por una diplomática uruguaya. El mundo cree en la voluntad respetuosa de la ley de los gobiernos que sucedieron a la dictadura. Sin embargo, el país carga con una infame situación jurídica de impunidad, que ya no contradice solo a los tratados, sino a resoluciones judiciales expresas.

Los plazos vencen este mes para hacer algo al respecto. Y la bancada oficialista puso una solución sobre la mesa un proyecto que «pretende ser claro y sencillo y operativo al sentido de justicia de nuestro pueblo, para que a través de una Justicia independiente, justa y eficaz pueda contribuir a la construcción del ‘Nunca Más’ dictadura y terrorismo de Estado en Uruguay», como reza su exposición de motivos.

Básicamente, en sus breves cuatro artículos reestablece la pretensión punitiva del estado, anulando tácitamente a la Ley de Caducidad, suspende el cómputo de los plazos desde la aprobación de esta ley y declara que los delitos son de lesa humanidad.

El primer artículo, parece el principal, pero en realidad, solo ratifica la resolución del Poder Ejecutivo de revocar por ilegitimidad manifiesta todas las resoluciones que dictó en base al artículo primero de la Ley de Caducidad.

El segundo, referido a la suspensión de plazos de prescripción, se fundamenta en que «al justamente impedido no le corre plazo». En este caso, los familiares o denunciantes.

El tercero, no es una mera declaración. Establece que los delitos de lesa humanidad tienen carácter de tales aunque Uruguay haya ratificado los tratados con posterioridad a 1985. Tal como exige el fallo de la Corte Interamericana de derechos Humanos en el caso Gelman contra Uruguay.

Este articulado libera las manos a la justicia y saca al Uruguay de la trampa de una perpetua «lista gris».

El largo tema, sin embargo, puede no haber terminado aquí. Se han anunciado dos tipos de problemas. El primero son dificultades jurídicas, sobre todo por presunta colusión con el principio penal de que las leyes no pueden tener retroactividad contra el reo. El segundo, es de menor entidad: probablemente los resultados de esta derogación sean relativamente escasos, ya que los principales cabecillas de la represión dictatorial están juzgados o detenidos.

Son argumentos serios. Pero en cualquier caso, siempre será mejor para el país, para la sociedad, para la humanidad en última instancia, que en el nuestro ordenamiento jurídico la ley de Caducidad haya caducado y salgamos de la incómoda posición en que estamos. Con la Corte Interamericana, con la ONU y con la conciencia de los uruguayos, que habremos erradicado todas las caducidades que estaban amparadas moralmente en esta.

Publicá tu comentario

Compartí tu opinión con toda la comunidad

chat_bubble
Si no puedes comentar, envianos un mensaje