MSP afirma que no existen incompatibilidades en el ejercicio médico privado de Álvaro Danza
Las funciones médicas de Álvaro Danza como internista en mutualistas privadas fueron ratificadas como legales por el MSP, desatando un análisis exhaustivo sobre la normativa de ASSE y la transparencia de roles públicos y privados.

El Ministerio de Salud Pública (MSP) de Uruguay emitió un informe reciente respecto a las actividades médicas que el presidente del directorio de ASSE, Álvaro Danza, lleva a cabo en el ámbito privado. Este dictamen fue rubricado por Martín Esposto, director de Servicios Jurídicos del MSP. El documento sostiene que «no hay incompatibilidad» ni «conflicto de interés» en que Danza continue trabajando en prestadores privados de salud mientras ocupa su cargo público.
El informe examina detalladamente el artículo 9 de la Ley 18.161, concluyendo que Danza puede equilibrar ambos roles sin infringir la legislación vigente. Además, se estudian las disposiciones constitucionales y legales relevantes, especialmente el artículo 200 de la Constitución y el mencionado artículo de la ley, que estipulan que los integrantes del Directorio de ASSE no deben ocupar cargos relacionados con la misma organización ni ejecutar actividades profesionales que tengan vínculos directos o indirectos con ASSE.
Aclarando las dudas sobre posibles incompatibilidades, el informe precisa que Danza no trabaja en prestadores que tengan vínculos con ASSE. Sus labores se desarrollan exclusivamente en entidades privadas en las que trabajaba antes de asumir su puesto en ASSE.
Funciones profesionales y experiencia de Danza
El informe resalta que las actividades de Danza son esencialmente «técnicas profesionales», reflejo de su «experticia, capacidad y conocimiento«, sin que ello conlleve una participación en la gestión o control de las instituciones privadas donde trabaja. El MSP concluye que, dado que estas actividades son funcional e institucionalmente independientes de ASSE, «no hay conflicto de interés ni incompatibilidad legal».
Este resultado coincide con una evaluación previa realizada por un estudio jurídico independiente al que Danza había recurrido. En esa ocasión, en 2024, el estudio Delpiazzo concluyó que sus funciones docentes y consultorías no sufrían prohibiciones legales dado que eran actividades anteriores a su asunción en ASSE.
Detalles sobre el ejercicio médico en mutualistas
Álvaro Danza ejerce la medicina como internista en dos mutualistas privadas, una situación que algunos consideraban podría representar una infracción a la normativa actual. Sin embargo, esta actividad también fue confirmada como compatible por el MSP. Desde su nombramiento por el gobierno de Yamandú Orsi y la aprobación del Senado, Danza sigue atendiendo pacientes en la Asociación Española y la Médica Uruguaya.
Según el programa radial «Así nos va» de radio Carve, Danza ofrece consultas durante dos horas los martes en la Española y tres horas los miércoles en la Médica Uruguaya. Además, su disponibilidad está accesible a través de una agenda web.
Respuesta de Danza y consulta previa
Danza aclaró que su actividad privada estaba incluida en el currículum enviado al Parlamento para la concesión de su venia. Fuentes de ASSE indicaron a medios de prensa que «Danza es grado 5 de la universidad y consultante en varias instituciones«, y que antes de integrar ASSE, se asesoró con el estudio Delpiazzo para cerciorarse de la no existencia de incompatibilidades.
El informe del estudio jurídico, firmado por Carlos Delpiazzo, señalaba que las tareas de consultante de Medicina Interna en prestadores privados no tienen conexiones directas o indirectas con ASSE. Sin embargo, se sugirió una consulta a la División Jurídica de la Universidad de la República (Udelar) y, de ser necesario, a la Junta de Transparencia y Ética Pública (Jutep).
Normativa de ASSE y regulación legal
La normativa que establece las bases de ASSE como servicio descentralizado data de 2007, durante el gobierno del Frente Amplio. Dentro de sus disposiciones, el artículo 9 especifica que «los miembros del Directorio» no pueden «ejercer simultáneamente profesiones o actividades» relacionadas directa o indirectamente con ASSE.
Además, la ley aclara que estas prohibiciones no afectan las funciones docentes realizadas de manera honoraria en institutos de educación superior. Esta es una directriz que también se refleja en el artículo 200 de la Constitución de la República para todos los directivos de entes autónomos o servicios descentralizados.
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