EXONERACIÓN

Presentan proyecto de Ley para exonerar de multas a quienes no hayan votado en elecciones del BPS

El diputado del Partido Colorado Eduardo Elinger presentó un proyecto de Ley por el cual plantea exonerar de multas a los activos, pasivos y empresarios que estando obligados a votar el pasado 28 de noviembre en las elecciones de los directores sociales del Banco de Previsión Social (BPS) no hayan concurrido a sufragar.

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El 28 de noviembre se realizaron las elecciones de los representantes sociales (activos, pasivos y empresarios) en el Directorio del BPS.

Según lo establece la legislación vigente, el voto es obligatorio, excepto para quienes a la fecha de la elección tengan más de 75 años de edad o perciban prestaciones por discapacidad.

La multa por no votar es de una Unidad Reajustable (es decir 1.358 pesos). Dicha multa se duplicará en caso de profesionales con títulos expedidos por la Universidad de la República o funcionarios públicos.

Según datos oficiales, la comparecencia a las urnas fue de un 77% de los habilitados para votar.

En ese marco, en las últimas horas, el diputado colorado Eduardo Elinger presentó un proyecto de Ley para exonerar del pago de las multas a quienes no hayan concurrido a votar el pasado 28 de noviembre.

“El pasado domingo 28 de noviembre  y de acuerdo  a la Ley N°16.241, se efectuaron las elecciones de los representantes para integrar el Directorio del Banco de Previsión Social (BPS). Nos referimos específicamente a quienes representan a los afiliados activos, afiliados pasivos y de empresas contribuyentes al BPS. El voto popular arraigado a nuestra cultura democrática, es sin duda un acto ciudadano que nos distingue como país y en este caso particular, resaltamos además esa opción para un organismo inminentemente social”, dijo el legislador en su exposición de motivos.

“No obstante y más allá de la relevancia del acto eleccionario del pasado domingo 28 de noviembre, debemos señalar la poca información existente a nivel de la población sobre esta jornada de sufragio popular y su objetivo. A esos efectos y frente a otras situaciones que eventualmente se pudieran haber generado, es que proponemos este proyecto de Ley que evita que los ciudadanos habilitados a votar el 28 de noviembre pasado, no sean pasibles de multa tal cual se establece, por no haber sufragado ese día”, dijo.

Consideró, además, que la situación de pandemia “genera una recesión económica a todo nivel social y en este caso se transformaría en una problemática no deseada en el espíritu de la propia Ley”.

Proyecto de Ley

Artículo Único: Los afiliados al Banco de Previsión Social (BPS) (activo, pasivos y empresarios) que estando obligados a sufragar el domingo 28 de noviembre de 2021, según lo dispuesto por la Ley Nº 16.241, no lo hubiesen hecho, no serán pasibles de las sanciones previstas en el artículo 21 de la Ley  N.º 16.241, de 9 de enero de 1992.

La no aplicación del artículo 21 de la Ley 16.241 regirá para todos los casos de habilitados para votar  que no lo hayan hecho y solo para el caso concreto de la elección realizada el 28 de noviembre de 2021.

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