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La IM presentó una “batería de medidas” para favorecer la actividad comercial

La administración capitalina aplicará un paquete de medidas para favorecer la actividad de comercios y locales gastronómicos, con el fin de contrarrestar la inflación.

Imagen de la reunión entre la Intendencia de Montevideo y representantes de los sectores alcanzados por el paquete de medidas.
Imagen de la reunión entre la Intendencia de Montevideo y representantes de los sectores alcanzados por el paquete de medidas.

La Intendencia de Montevideo (IM) presentó una “batería de medidas” para impulsar la actividad económica, luego de una reunión con el Centro de Almaceneros Minoristas, Baristas, Autoservicistas y Afines del Uruguay (Cambadu), la Asociación de Hoteles y Restaurantes del Uruguay y del colectivo gastronómico, y se destaca la habilitación de la venta de productos fraccionados para que las y los consumidores puedan adquirir cantidades menores de alimentos de los envasados en origen,. También permite adecuar la oferta y mejorar el acceso a los alimentos en esos comercios.

El fraccionamiento estará vigente por 180 días y deberá realizarse en el momento y en frente del consumidor final en áreas que estén acondicionadas para ello. Se deberán cumplir los requisitos generales para el tipo de empresa alimentaria y para la manipulación de alimentos.

“Estarán habilitados para el fraccionamiento comercios alimentarios de proximidad con alcance local de riesgo bajo y de superficie menor a los 100 metros cuadrados”, explicó la IM en su web.

“Se podrán fraccionar productos poco perecederos que se encuentren habilitados por el Servicio de Regulación Alimentaria de la Intendencia, lo que implica que tienen asegurada la calidad higiénico – sanitaria”, agregó la comuna capitalina.

Restricciones

No todos los productos alimenticios se podrán fraccionar. Están prohibidos los siguientes:

  • Manteca
  • Ricotta
  • Crema de leche
  • Pastas frescas rellenas
  • Conservas de tomate
  • Leche en polvo
  • Especias
  • Miel
  • Sal
  • Azúcar industrial
  • Queso Rallado
  • Conservas
  • Alimentos congelados
  • Aceites de oliva

Se permitirá ampliar el rango de empaquetado a los productos que ya estén registrados a envases de 5 a 20 kilos, sin que esto implique un nuevo registro o un nuevo pago de tasa. Otra de las medidas adoptadas por la Intendencia es la implementación de un nuevo certificado de manipulación de alimentos que se realiza 100% vía web y sin costo.

Al final el plazo de los 180 días se realizará otra reunión para evaluar qué impacto tuvo el fraccionamiento. En dicha cita estarán representantes de la Unidad de Promoción e Integración del Comercio Alimentario, de las diversas áreas de la Intendencia y de la sociedad civil organizada para determinar su continuidad, cese o acciones alternativas en función del contexto socioeconómico.

Otras medidas

En el paquete de medidas también se anunció que se bonificará con hasta el 100% del pago de la Tasa Barométrica (artículo 31, decreto N° 32.265) por concepto de habilitación de la empresa, habilitación y registro de alimentos a las que tengan su planta elaboradora en un departamento del país que no sea Montevideo y cuenten con la habilitación de registro del producto en el departamento de origen.

Para los locales gastronómicos, boliches y pubs, se extenderá la exoneración total del precio por la colocación de sillas y mesas -con o sin entarimado- en veredas y calzadas frente a los comercios, así como la venta de bebidas hasta el 30 de setiembre del presente año.

En consonancia con el levantamiento de la declaración de emergencia sanitaria por parte del gobierno nacional, se revocan las resoluciones que establecen aforos, distancias entre mesas para restoranes, pubs, boliches y otros recintos; y uso de tapabocas obligatorios, entre otras.

De esta forma:

  • Se vuelve el 100% del aforo en locales cerrados de espectáculos y deja de ser obligatorio el control de pauta de vacunación en bailes y actividades similares.
  • Cae el horario de cierre para bares, restoranes y similares que actualmente está a fijado por decreto nacional hasta las 2 am.
  • Se elimina el horario de finalización de espectáculos a la hora 5 am.
  • Deja de ser obligatorio el uso de tapabocas en personal de comercios, supermercados y demás locales de atención al público.
  • Deja de ser obligatorio contar con alcohol en gel a disposición del público en comercios.
  • Se eliminan las previsiones sobre distancia de mobiliario y distancia interpersonal.
  • En los espacios gastronómicos deja de ser necesario el uso de mamparas, la sanitización permanente, la exigencia de alcohol en gel a disposición del público, el uso de tapabocas en las plazas de comida, la distancia interpersonal y el servicio asistido para los locales con sistema de autoservicio, buffet y similares.

 

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