DESAFUERO

FA considera que no es necesario votar reintegro de Manini tras su eventual desafuero

El Frente Amplio considera que el Parlamento debe aprobar el desafuero de Guido Manini Ríos y luego de su comparecencia ante la Justicia el retorno al Poder Legislativo es automático, es decir que no es necesario que la Cámara de Senadores vote su reintegro.

Javier Miranda.
Javier Miranda.

Este lunes 7 de septiembre, la bancada de senadores del Frente Amplio se reunió con el presidente de la fuerza política, Javier Miranda.

Tras el encuentro, Miranda dijo que la población y el sistema político siguen esperando la decisión del Partido Nacional referida a si votará o no el desafuero del senador Guido Manini Ríos (Cabildo Abierto), porque “hay un jaque al sistema”.

Indicó que el Partido Nacional no vota el desafuero porque necesita los votos de Cabildo Abierto para la aprobación del Presupuesto quinquenal.

“Es una actitud de mercenarios, porque están planteando votar o no el desafuero en función de si dan o no los votos para el Presupuesto”, cuestionó.

Preguntó: “¿Cabildo Abierto va a tomar de rehén al Partido Nacional para que no vote el desafuero?”.

Remarcó que el Poder Judicial reclama la comparecencia de Manini Ríos, no por sus actos como senador, sino por actos anteriores, por lo cual el Parlamento debería habilitar su comparecencia ante el Poder Judicial.

Asimismo, Miranda dijo que también está en juego el honor y respetar la palabra que se dio, porque durante la campaña electoral, Manini Ríos expresó que no se ampararía en los fueros.

Agregó que incluso el presidente de la República, Luis Lacalle Pou, en su momento propuso que los legisladores no deberían tener coronita, y planteó una interpretación de los artículos 93 y 104 de la Constitución de la República.

Desafuero y después…

Por otro lado, Miranda indicó que la posición del Frente Amplio es la que sigue el abogado constitucionalista Martín Risso, referida a que si se suspenden los fueros a un legislador para que comparezca ante la Justicia, luego de que ella resuelva, es decir ya sea la absolución o una condena y luego de cumplida la pena, el parlamentario puede reintegrarse en forma automática, sin necesidad de que la Cámara que corresponda lo ponga a votación.

Risso dijo en declaraciones a radio Carve, que la Constitución de la República no exige una votación especial para el reintegro de un legislador al que se le quitaron los fueros, por lo que, una vez que culmina la actuación penal cesa la suspensión y automáticamente recupera su cargo.

Remarcó que el artículo 114 de la Constitución, significa que el senador “queda suspendido a los efectos de ser sometido a la justicia penal”.

El artículo 114 de la Constitución de la República, dispone que “ningún senador o representante, desde el día de su elección hasta el de su cese, podrá ser acusado criminalmente, ni aún por delitos comunes que no sean de los detallados en el artículo 93 por (violación de la Constitución u otros delitos graves), sino ante su respectiva Cámara, la cual, por dos tercios de votos del total de sus componentes, resolverá si hay lugar a la formación de causa, y, en caso afirmativo, lo declarará suspendido en sus funciones y quedará a disposición del Tribunal competente”.

En el caso del Senado, se requieren 21 votos para proceder al desafuero de un componente del cuerpo.

A comienzos de noviembre de 2019, el fiscal Rodrigo Morosoli había requerido a la jueza Marcela Vargas la formalización y desafuero del entonces electo senador Guido Manini Ríos, por considerar que omitió informar a tiempo al Poder Ejecutivo y a la Justicia sobre las declaraciones de José Nino Gavazzo ante los tribunales de honor militar quien reconoció ser autor de la muerte y desaparición de Roberto Gomensoro (asesinado en marzo de 1973, luego de ser torturado en el Grupo de Artillería Nº 1 de La Paloma, Montevideo, y posteriormente arrojado a las aguas del río Negro, en la represa de Rincón del Bonete).

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