APELACIÓN

Decisión de la Justicia de quitar tobillera a Gavazzo es un agravio a la sociedad

El fiscal en Delitos de Lesa Humanidad, Ricardo Perciballe, apeló la decisión de la Justicia de quitar la tobillera al militar retirado José Nino Gavazo, quien cumple prisión domiciliaria condenado por violaciones a los derechos humanos cometidos en dictadura, y expresó que tal decisión constituye un agravio a la Fiscalía y a la sociedad.

gavazzo

Perciballe presentó un recurso de “reposición y apelación” frente a la decisión de la jueza Letrada en lo Penal de Ejecución de Canelones de 1º Turno de quitarle la tobillera electrónica a Gavazzo (condenado por 28 delitos de homicidio muy especialmente agravados en reiteración real y en prisión domiciliaria desde 2015).

Asimismo se resolvió retirarle la custodia de la Oficina de Supervisión de Libertad Asistida (OSLA).

La resolución firmada por la jueza Elsa Graciela Montin se basa en “razones médicas”.

Agravios a la Fiscalía y a la sociedad

La Fiscalía General de la Nación difundió este miércoles 24 de abril el recurso reposición y apelación que presentó el fiscal Perciballe contra la resolución de fecha 11 de abril del 2019.

El fiscal recuerda que por decreto Nº 637/2019, la sede judicial dispuso el retiro de la tobillera al condenado, así como la autorización a que los traslados se efectúen bajo tutela.

“La recurrida causa agravios no solo a ésta Fiscalía, sino a la sociedad toda, que en éstos días pudo acceder atónitamente a la crudeza de los testimonios brindados por Gavazzo y Jorge Silveira ante un Tribunal de honor del Ejército”, indica el fiscal en su apelación.

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También manifiesta que “el eje de los agravios se focaliza en que los motivos esgrimidos por la defensa no se encuentran debidamente acreditados”.

Perciballe manifiesta que “los supuestos problemas con OSLA no fueron constatados. Ergo, se desconocen los motivos que llevaran la sede a acceder a lo impetrado”.

El fiscal manifiesta que el informe médico “solo consigna la enfermedad que aqueja a Gavazzo, empero nada dice sobre la inconveniencia de la tobillera”.

“Ninguno de los informes establece, sugiere o recomienda que se deba retirar la tobillera”, y agrega que la resolución recurrida, “se asienta en forma genérica en los informes médicos, a la cirugía a realizar, al tipo de diálisis previsto, pero no establece con precisión en qué se fundamenta para acceder al retiro de la tobillera, y menos aún a que se autorice los traslados únicamente con tutela”.

Perciballe expresa que una resolución de tal naturaleza debería estar precedida por lo menos de un informe médico del Instituto Técnico Forense (ITF) para el retiro de la tobillera, así como de otro circunstanciado de la OSLA para autorizar los traslados solamente con tutela.

Asimismo, el fiscal remarca que al acceder a lo requerido por la defensa de Gavazzo, “la sede pierde todo control sobre el condenado”.

“De esa forma, Gavazzo podrá moverse a su gusto y antojo sin que exista un debido control judicial”, remarca.

El fiscal advierte que “no se puede soslayar el peligro de fuga de Gavazzo”. Pues, “al perder el control sobre el mismo, éste puede muy fácilmente evadir la Justicia”.

Perciballe remarca que debe tenerse presente que Gavazzo además de la causa referida, se encuentra indagado, imputado y procesado por otras causas.

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