APPS DE TRANSPORTE

Ministerio de Trabajo sancionaría a Uber para obligarla a negociar

La IM reguló y logró que la aplicación de transporte privado pague impuestos, pero el Gobierno nacional sigue estando disconforme con su funcionamiento.

Foto: Carlos Loría.
Foto: Carlos Loría.

El Ministerio de Trabajo y Seguridad Social (MTSS) pretende establecer sanciones contra la aplicación de transporte privado Uber, porque considera que falta un marco regulatorio suficiente para su funcionamiento correcto. Desde la cartera entienden que aún hay que establecer si corresponde la realización de pagos patronales a la seguridad social, según publica el semanario Búsqueda.

Para el susbsecretario del MTSS, Nelson Loustaunau, Uber está en una «zona gris», y no saben «si son trabajadores autónomos o subordinados». «Capaz no es una negociación típica en el ámbito de la Dirección de Trabajo (Dinatra) sino en la Dirección de Seguridad Social. Pero hoy hay un sindicato y hay que asegurar los derechos a la seguridad social”, explicó el jerarca al semanario.

A la luz de estas condiciones, el ministerio quiere promover que Uber se sume a negociaciones laborales que, hasta ahora, ha rehuido. Es por ello que podrían establecer una denuncia por desacato ante la Justicia penal.

Loustaunau había citado en días pasados a representantes de la compañía en Uruguay en nombre del ministerio. Asimismo se llamó a integrantes del sindicato que agrupa a conductores de Uber, pero la empresa adelantó por medio de una carta que no asistirían a la instancia, aunque el sindicato sí concurrió.

Diferendo de conceptos

Desde la empresa están inamovibles en que ellos son una compañía que vende servicios electrónicos, algo que no comparten desde el MTSS. «Son parte de un negocio. Hay un trabajo subordinado y hay gente que es cuentapropista. Hay que negociar de qué se trata”, aseguró Loustaunau. Si la reunión hubiera sido convocada por la DINATRA, señaló el subsecretario, correspondería una multa.

El ministerio considera que Uber califica en la categoría de «empleador complejo», una figura existente y admitida en la jurisprudencia nacional, y que rige cuando existe una «triangulación de empleadores». Además consideran que hay al menos dos criterios internacionales que favorecen la instalación de una negociación con la empresa. Entre estos criterios está el fallo de un tribunal laboral del Reino Unido, que en octubre de 2016 falló a favor de los chóferes de Uber, ordenando que se les considere empleados asalariados -con su respectiva remuneración mensual mínima- y no trabajadores independientes. Sobre este último particular, el diario británico The Guardian publicó que el tribunal consideró que el argumento de Uber es solo un «mosaico de 30.000 pequeñas empresas» unidas por una plataforma tecnológica en común que es «realmente ridícula», y que es la compañía la que establece las condiciones laborales en que los conductores laboran y los clientes consumen el servicio.

Por su parte, la Organización Internacional del Trabajo (OIT) recomendó a los gobiernos «velar por asegurar una efectiva protección a los trabajadores, especialmente afectados por la incertidumbre en cuanto a la existencia de una relación de trabajo”, algo que, para los del MTSS, aplica en este caso.

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