TISA

Cancillería asegura que el TISA no modifica normas laborales, de salud, seguridad ni medio ambiente

El Ministerio de Relaciones Exteriores asegura que el Acuerdo Comercial de Servicios (TISA) “no modifica las normas sobre derechos laborales, medio ambiente, salud o seguridad”.

En el documento publicado por el Ministerio de Relaciones Exteriores se indica que el TISA “no modifica las normas sobre derechos laborales, medio ambiente, salud o seguridad”,

En las últimas horas la cancillería difundió el documento sobre los contenidos de las negociaciones para la firma del TISA, un tratado internacional integrado por 24 países miembros de la Organización Mundial de Comercio (OMC), incluido EE.UU y la Unión Europea, que promueve la liberalización del comercio de servicios tales como la banca o el transporte.

En el documento publicado por el Ministerio de Relaciones Exteriores se indica que el TISA “no modifica las normas sobre derechos laborales, medio ambiente, salud o seguridad”, aspectos que han generado preocupación en diferentes sectores sociales.

Asimismo, cancillería expresa que el objetivo del TISA es “mitigar o eliminar” el trato discriminatorio de un país para evitar que otro preste un servicio. También se aclara que “no afecta la capacidad de los Estados para regular sus mercados de servicios”.

“El TISA presenta un importante desafío de negociación para Uruguay, no exento de dificultades en determinados sectores, pero también generando oportunidades en áreas nuevas y en expansión, como ser los servicios globales de exportación, logística, turismo y la moderna economía digital”, indica la secretaría de Estado.

También se expresa que en las negociaciones, cada país que negocia “puede elegir el tipo de servicio que desea abrir a la competencia y el alcance de la apertura”.

Es por ello que cada Estado elige “cómo participar en función de su mercado interno, los servicios que protegerá de la competencia y su propio nivel de desarrollo económico”.

Los servicios suministrados en ejercicio de “facultades gubernamentales” están exceptuados del acuerdo. Para los servicios en régimen de competencia o que se suministran en condiciones comerciales, cada país puede seleccionar “qué sector ingresará a los compromisos del acuerdo de acceso al mercado”.

En tal sentido, se manifesta que “el gobierno deberá especificar cuáles son los servicios, actividades o leyes que no estarán sujetos a esta norma (denominado lista negativa)”.

TISA no impide que Estados suministren servicios directamente ni la regulación

El Ministerio de Relaciones Exteriores asegura también que los principales países propulsores del TISA se comprometieron a “no impedir el suministro directo de servicios a cualquier nivel por parte de los Estados, incluidos agua, educación, salud, servicios sociales”.

Tampoco impide la regulación de los servicios. Este compromiso fue asumido por EE. UU y la Unión Europea el 20 de marzo de 2015.

Se explica el alcance de la “cláusula cremallera”. Cuando un acuerdo comercial se firma, “no se puede reintroducir un obstáculo al comercio de forma unilateral”.
Las partes pueden optar por no aplicar esta cláusula a determinados servicios incluidos en las negociaciones”, explica cancillería.

La cláusula cremallera del TISA “no afectará la capacidad de las partes para regular los servicios públicos”.

Por otro lado, se indica que el término “servicios” comprende todo servicio de cualquier sector, “excepto los servicios suministrados en ejercicio de las facultades gubernamentales; un servicio suministrado en ejercicio de las facultades significa todo servicio que no se suministre en condiciones comerciales ni en competencia con uno o varios proveedores de servicios”.

Te recomendamos

Publicá tu comentario

Compartí tu opinión con toda la comunidad

chat_bubble
Si no puedes comentar, envianos un mensaje