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Gobierno prohíbe por decreto las carreras de perros

El Poder Ejecutivo publicó un decreto por el cual se prohíben definitivamente las carreras de perros por considerarlas escenarios de maltrato animal y porque, de acuerdo con la Secretaría Nacional del Deporte no las considera deporte.

Foto: Pixabay
Foto: Pixabay

El Gobierno publicó este 26 de diciembre un decreto presidencial por el cual quedan terminantemente prohibidas las carreras de perros en todo el territorio nacional.

En el documento con número de consecutivo G/452, la Presidencia de la República copia a los ministerios de Agricultura y Ganaderia, del Interior, de Economía y Finanzas y de Salud Pública, a modo de que estén al tato de la decisión, y para que tomen posibles medidas o acciones interinstitucionales necesarias en un futuro cercano.

«La realización de carreras de perros se desarrolla en un ámbito de maltrato hacia los animales, los que son sometidos a un entrenamiento feroz, forzando su reproducción en forma reiterada y sin controles, llegando al abandono y muerte cuando no tienen condiciones para competir o los resultados en competencia no son los esperados por los tenedores», dice el documento en cuestión.

A su vez, hace alusión a la Ley N° 18.471 del 27 de marzo de 2009 que estableció normas generales para la protección de los animales, definiendo la tenencia responsable, estableciendo obligaciones y derechos de los dueños de animales y designando a la autoridad competentes para el control de estas.

Dicha ley, en su artículo 12 dice que queda expresamente prohibido «maltratar o lesionar a los animales, entendiéndose por maltrato toda acción injustificada que genere daño o estrés excesivo a un animal, y por lesión la que provoque un daño o menoscabo a su integridad física».

Prohibidas las carreras

Estos son los artículos del decreto:

Artículo 1° del decreto dice: Establéscase la prohibición de realización en todo el territorio nacional, de carreras de perros, cualquiera que sea su raza.

Artículo 2°: A efectos del cumplimiento de lo establecido en este decreto, la Comisión Nacional Honoraria de Tenencia Responsable y Bienestar Animal (COTRYBA) actuará de oficio ante una denuncia de la realización de carreras de perros, procediendo a confiscar los animales utilizados para las mismas, sin perjuicio de la imposición de las demás sanciones impuestas en el artículo 22 de la Ley N° 18.471 del 27 de marzo de 2009.

Artículo 3° En caos de las intervenciones a que se refiere el artículo 2° del presente decreto, COTRYBA podrá requerir la intervención del Ministerio del Interior y de las autoridades sanitarias y judiciales que corresponda.

Lea el decreto completo en este enlace.

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