BOLSAS

Regulan por Ley el uso de las bolsas de nylon o plásticas

El Parlamento sancionó el proyecto de Ley que regula el uso de las bolsas de nylon. En la Ley, que deberá ser reglamentada por el Ejecutivo, se prohíbe la fabricación, importación, distribución, venta y entrega, a cualquier título, de las bolsas plásticas que no sean compostables o biodegradables.

reciclaje-bolsas-plastico

La Ley sobre el uso sustentable de bolsas plásticas, que fue sancionada por el Parlamento en el Día Mundial del Medio Ambiente, establece en forma textual:

“Artículo 1°. Declárase de interés general la prevención y reducción del impacto ambiental derivado de la utilización de bolsas plásticas, mediante acciones para desestimular su uso, promover su reutilización, reciclado y otras formas de valorización.

Artículo 2º. (Alcance).- Quedan alcanzadas por la presente ley todas las bolsas plásticas utilizadas para contener y transportar productos y bienes que: A) Sean suministradas a un consumidor en cualquier punto de venta o de entrega; y B) No sean parte de la presentación del producto, sea al por mayor o menor, en cualquier rubro, giro o actividad. Lo anterior salvo las exclusiones que se prevén en el artículo siguiente.

Artículo 3º. (Exclusiones).- Las disposiciones de la presente ley no serán aplicables, cuando: A) Por razones de inocuidad o higiene alimenticia, sea necesario utilizar bolsas plásticas para la contención o el transporte de pescados y carnes, entendiéndose esta última de acuerdo con la definición contenida en el artículo 2º del Decreto-Ley Nº 15.605, de 27 de julio de 1984. B) Se trate de productos o bienes que por su propiedad humectante lo habilite la reglamentación. C) Se trate de aquellos bienes y productos que el Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente autorice de manera fundada como excepción en la reglamentación. D) El uso de los bienes o productos requiera mantener la asepsia y no resulte factible la utilización de un sustituto, de acuerdo a lo que establezca la reglamentación”.

Prohibido

“Artículo 4º. (Prohibición).- Prohíbase la fabricación, importación, distribución, venta y entrega, a cualquier título, de las bolsas plásticas que no sean compostables o biodegradables. Artículo

5º. (Certificación).- Las bolsas plásticas autorizadas por la presente ley solo podrán distribuirse, venderse o entregarse a cualquier título en el territorio nacional, cuando el fabricante o importador haya obtenido el correspondiente certificado de cumplimiento que la reglamentación establezca.

Artículo 6º. (Cobro y facturación).- Facúltase al Poder Ejecutivo a establecer la obligación de cobro, fijación de un precio mínimo y el modo de facturación de las bolsas plásticas autorizadas por la presente ley.

Artículo 7º. (Otras obligaciones).- Los titulares de los puntos de venta o entrega donde se suministren bolsas plásticas estarán obligados, en las condiciones que establezca el Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente, a : A) Promover y participar en campañas de difusión y concientización a la población sobre el uso responsable y racional de bolsas plásticas y su impacto en el cuidado del ambiente. B) Incluir en las bolsas plásticas que suministre la forma de identificación, el logo o inscripción que defina la reglamentación. C) Contar con un sistema de recepción de residuos de bolsas plásticas a disposición del consumidor. D) Gestionar los dispositivos de recepción de bolsas plásticas de forma ambientalmente adecuada y conforme a lo que establezca la reglamentación. E) Ofrecer a la venta bolsas reutilizables. F) Desarrollar acciones tendientes a minimizar el uso de las bolsas plásticas.

Artículo 8º. (Prohibición específica).- Prohíbese la venta o entrega a cualquier título, en envoltorios plásticos, de diarios, revistas, facturas y otros objetos similares que la reglamentación establezca.

Artículo 9º. (Plazo).- Las prohibiciones y obligaciones previstas en los artículos anteriores, se harán exigibles transcurrido un año de la promulgación de la presente ley o en el plazo que fije la reglamentación. Este último no podrá exceder el plazo fijado en este artículo.

Artículo 10. (Contralor).- Cométese al Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente, a través de la Dirección Nacional de Medio Ambiente, la aplicación de la presente ley, así como el contralor y sanción de los infractores, de conformidad con lo previsto por los artículos 14 y 15 de la Ley Nº 17.283, de 28 de noviembre de 2000. A tales efectos coordinará con las demás entidades públicas que corresponda.

Artículo 11. (Reglamentación).- El Poder Ejecutivo deberá reglamentar la presente ley, dentro de los ciento ochenta días de la fecha de su promulgación. Entre otros, la reglamentación deberá prever expresamente: A) Los mecanismos necesarios para el control de la importación de bolsas plásticas. B) Los ensayos de idoneidad de las bolsas plásticas y la metodología aceptable para ello. C) Las formas de intercambio de información entre los organismos intervinientes.

Artículo 12. (Disponibilidad).- El Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente deberá elaborar un plan para la inmediata disponibilidad de las bolsas plásticas autorizadas por la ley en los puntos de venta y entrega. El plan deberá contemplar la participación de actores vinculados a la cadena de producción y consumo de bolsas plásticas.

Artículo 13.- Cométese al Ministerio de Industria, Energía y Minería en coordinación con el Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente la elaboración de un programa para facilitar la reconversión de la industria nacional de bolsas plásticas a lo que establezca la reglamentación de la presente ley y el fomento de soluciones tecnológicas y desarrollo de nuevos productos y mercados tendientes a minimizar los impactos ambientales derivados del uso de bolsas plásticas no biodegradables”.

El Ejecutivo remitió al Parlamento el proyecto de Ley de Gestión integral de residuos

El gobierno envió al Parlamento el proyecto de Ley de Gestión integral de residuos a través del…

Te recomendamos

Publicá tu comentario

Compartí tu opinión con toda la comunidad

chat_bubble
Si no puedes comentar, envianos un mensaje