TANDAS

URSEC contrató empresa para analizar si duración de tandas y publicidad en Tv se ajusta a la normativa

La Unidad Reguladora de Servicios de Comunicaciones (URSEC) contrató los servicios de una empresa externa especializada para analizar si la duración de las tandas y mensajes publicitarios en televisión, se ajustan a las normativas vigentes.

publicidadtvAnte la multiplicidad de quejas y comentarios efectuados en diversos ámbitos, la URSEC informó que a efectos de realizar los controles correspondientes, ha contratado los servicios de una empresa externa especializada, la cual practica las mediciones y reporta semanalmente los resultados.

Posteriormente la Unidad Reguladora evalúa las situaciones que se plantean y en caso de constatar excesos, se inicia el trámite administrativo respectivo, “el cual en múltiples oportunidades culmina con la imposición a los operadores infractores de las sanciones que prevé la normativa”.

Tanda y publicidad

La normativa vigente sobre la duración de tandas y mensajes publicitarios está regulada por el artículo 139 de la Ley 19.307 de 29 de diciembre de 2014, en el que se establece que los servicios de comunicación audiovisual “podrán emitir un máximo de quince minutos de mensajes publicitarios por cada hora de transmisión”.

“Se deberá incluir en el cálculo del tiempo máximo previsto el tiempo de un mensaje publicitario emitido en la modalidad de publicidad no tradicional, cuando la duración del mensaje supere los 15 segundos”, se establece en el artículo.

No se computan dentro del tiempo establecido: “La autopromoción ni los comunicados oficiales o campañas de bien público”.

Tampoco se computan: “La publicidad que se emita utilizando el sistema de sobreimpresión sin sonido sobre imagen emitida, ni la publicidad estática en la transmisión de eventos públicos ni el emplazamiento de productos”.

Asimismo, “los mensajes publicitarios sobreimpresos en la televisión (textos inscriptos sobre figuras) no deben ocupar más de un dieciseisavo de la pantalla ni exceder de las ocho menciones de diez segundos cada una, por hora, no acumulables”.

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