DICTAMEN

Magistrados y abogados rechazan críticas hacia jueza que suspendió un aborto

La Asociación de Magistrados del Uruguay y el Colegio de Abogados rechazaron las críticas de las que fue objeto la jueza Pura Concepción Book Silva, tras suspender un aborto a pedido del padre y en contra la voluntad de la madre del concebido.

justicia

La jueza letrada de Primera Instancia de Mercedes de 3º Turno, Pura Concepción Book Silva, hizo lugar a una demanda de amparo que presentó un hombre disponiendo la suspensión de un procedimiento de interrupción voluntaria del embarazo “para proteger los derechos fundamentales del concebido”.

Tras la decisión de la jueza, diversas organizaciones sociales y políticas cuestionaron el fallo y hasta solicitaron la destitución de la magistrada.

Ante tales actitudes, tanto la Asociación de Magistrados del Uruguay como el Colegio de Abogados rechazaron las críticas.

Principios de Naciones Unidas

En tal sentido, la Asociación de Magistrados del Uruguay entiende oportuno recordar los siguientes principios de las Naciones Unidas sobre independencia judicial: “Todas las instituciones gubernamentales y de otra índole respetarán y acatarán la independencia de la judicatura”.

Indican también que “los jueces resolverán los asuntos que conozcan con imparcialidad, basándose en los hechos y en consonancia con el derecho, sin restricción alguna y sin influencias, alicientes, presiones, amenazas o intromisiones indebidas, sean directas o indirectas, de cualesquiera sectores o por cualquier motivo”.

La judicatura “será competente en todas las cuestiones de índole judicial y tendrá autoridad para decidir si una cuestión que le haya sido sometida está dentro de la competencia que le haya atribuido la Ley”, indican los magistrados.

También remarcan que “no se efectuarán intromisiones indebidas o injustificadas en el proceso judicial, ni se someterán a revisión las decisiones judiciales de los tribunales. Este principio se aplicará sin menoscabo de la vía de revisión judicial”.

“Toda persona tendrá derecho a ser juzgada por los tribunales de justicia ordinarios con arreglo a los procedimientos legalmente establecidos”, expresan.

Asimismo, aseguran que “no se crearán tribunales que no apliquen normas procesales debidamente establecidas para sustituir la jurisdicción que corresponde normalmente a los tribunales ordinarios”.

El principio de la independencia de la judicatura “autoriza y obliga a la judicatura a garantizar que el procedimiento judicial se desarrolle conforme a derecho, así como el respeto de los derechos de las partes”.

“Toda acusación o queja formulada contra un juez por su actuación judicial y profesional se tramitará con prontitud e imparcialidad con arreglo al procedimiento pertinente. El juez tendrá derecho a ser oído imparcialmente. En esa etapa inicial, el examen de la cuestión será confidencial, a menos que el juez solicite lo contrario”, recuerda la Comisión Directiva de la Asociación de Magistrados.

En el mismo sentido, el Colegio de Abogados del Uruguay manifestó que “los fallos deben cumplirse” y que “no hacerlo colide contra los principios de tutela jurisdiccional, igualdad y seguridad jurídica que asientan nuestro Estado de derecho”.

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