Empresa Jackson formula precisiones
En la misiva enviada a nuestro director, Dr. Federico Fasano Mertens, la mencionada firma aclara sobre el pago de salarios al personal y otros temas vinculados a su situación económica. LA REPUBLICA publica textualmente la carta de Jackson SRL.
«Montevideo, 17 de agosto de 2001
Sr. Director de La República
Presente
Jackson SRL representada en legal forma por el Sr. Carlos Gasco, ejerciendo su derecho de respuesta, con respecto a la publicación efectuada el viernes 10 del corriente titulada «Conflicto en empresa de limpieza si Jackson SRL atrasa pago de salarios», expresa:
1) Jackson SRL es una empresa líder en el sector en la que trabajan en forma estable y permanente más de 1.000 personas.
2) Su posición de lidezago está asentada no sólo en la calidad de la prestación de sus servicios estando abocada a obtener la Certificación ISO 9001, sino en su permanente apego en el cumplimiento de las normas legales y de seguridad e higiene en el trabajo.
3) Nuestra empresa, que presta un porcentaje importante de sus servicios en instituciones del sector público, está inmersa en la coyuntura recesiva de la región, en las dificultades financieras del sector, lo que se agrava por el atraso en los pagos de los servicios prestados al Estado, el cual tiene adeudos de facturas que debieron haber sido pagas hace por lo menos cuatro meses, lo que repercute directamente en el pago de salarios y en la absorción de costos bancarios que la obtención de líneas de créditos para su pago importa.
4) A pesar de lo indicado y en particular a los efectos de poder cumplir con su obligación legal en el pago de los salarios de su personal devengados en el mes de julio del corriente, cedió facturas de servicios al sistema financiero — con su consecuente costo– lo que insumió un transcurso de 72 horas hasta la obtención de los fondos correspondientes.
5) Una vez obtenidos los mismos, se debió procesar el ensobrado y liquidación de 1.000 salarios, lo que determinó que se produjera el atraso en el pago de los mismos con respecto a la fecha de exigibilidad que dispone nuestro ordenamiento jurídico, estando a la fecha totalmente satisfechos los haberes generados en el mes de julio de 2001.
A los efectos de abonar en forma inmediata a que se proveyeron los fondos de su personal, se obvió pagar los salarios mediante el sistema tradicional –pago a través de Juncadella– sino que se pagaron en el propio local de Jackson SRL con todos los riesgos que el manejo de una suma tan importante en un local no seguro y apto implica. Asimismo, se deja constancia que la exponente –a pesar de las dificultades enunciadas– ha procedido a satisfacer en tiempo y forma, los aguinaldos generados en el primer semestre del ejercicio en curso y los salarios julio/01.
6) Nuestra respuesta no procura generar polémicas ni controversias con nuestro personal, pero no se quiere que nuestro silencio se pueda interpretar como admisión de los infundados e injustos juicios o conceptos consignados en la publicación de referencia, los cuales rechazamos de plano y en todos sus términos.
7) La credibilidad de Jackson y de nuestra gestión, está respaldada en la excelencia de nuestros servicios. Y nuestros clientes lo saben. Esperando que la presente sea publicada con el mismo destaque que la noticia que constituye su causa, se despide de usted con la mayor deferencia.
p.JACKSON SRL
CARLOS GASCO». *
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