URUGUAY ADHIRIO AL PROTOCOLO SOBRE PRESERVATIVOS, QUE SOLO DURARAN CINCO AÑOS

El Mercosur del condón

El decreto 2.837.001, firmado por los ministros de Salud Pública, Relaciones Exteriores e Industria, Energía y Minería, establece las diversas normas que regirán la comercialización de los condones en los países de la región.

La disposición –que refiere específicamente a los preservativos de látex de caucho de uso masculino– tiene el propósito de mejorar las condiciones de seguridad sanitaria.

Entre los principios generales del reglamento se normatiza el uso de espermicidas, lubricantes, aromatizadores, colorantes, material antiséptico o polvo aplicado al preservativo, que no deberán contener ni liberar sustancias en cantidades tóxicas, localmente irritantes o de otra forma, que sean perjudiciales en condiciones normales de uso.

En tal sentido, se consigna que la autoridad competente de salud o el comprador podrán exigir que el fabricante otorgue un certificado sobre la composición u otras propiedades del producto vendido.

El cuerpo normativo establece que los fabricantes deberán tocar precauciones adecuadas, para minimizar la contaminación microbiológica durante el proceso de fabricación y envasado.

En caso de que la autoridad sanitaria lo juzgue necesario se verificará el cumplimiento de esa disposición y se solicitará el control de los productos.

Una de las obligaciones más importantes contenidas en el protocolo refiere a la fecha de vencimiento, que no deberá superar los cinco años a partir del momento en que fue fabricado. Si el envase de consumo incluye preservativos de diferentes lotes, la fecha de vencimiento será determinada por el lote con fecha de vencimiento menor.

En lo que tiene relación con el tamaño, el reglamento establece que el condón debe tener un largo mínimo de 160 milímetros y el ancho será de 35 milímetros. Por su parte, el espesor se estableció en 0,03 milímetros.

La norma aprobada por los cuatro países signatarios del Tratado de Asunción que será aplicada en nuestro país como parte de una estrategia regional en materia de seguridad sanitaria, establece diversas especificaciones técnicas en torno a la capacidad volumétrica, presión de reventamiento, envasado y rotulado de los productos.

En lo relativo a las pruebas de calidad a las que se someten los condones, el reglamento afirma que los preservativos son ensayados eléctricamente para detectar orificios. Al respecto, se explica que un preservativo que no presenta orificios actúa como aislante y no permite que haya pasaje de corriente.

Los preservativos que sean reprobados en el ensayo eléctrico, deberán hacerse rodar sobre un papel absorbente coloreado, para confirmar o no la existencia de eventuales orificios.

En cuanto a la presentación y rotulación, de establecer que el envase primario debe estar herméticamente sellado, fabricado en un material exento libre de sustancias tóxicas, irritantes o perjudiciales para la salud humana.

En todos los casos, se deberá especificar nombre y marca del producto, características y cantidad de unidades.

La presentación deberá incluir, asimismo, fecha de fabricación y vencimiento, número de registro de Salud Pública, nombre del responsable técnico y composición del producto. El envase deberá incluir instrucciones muy concretas sobre cómo emplear el preservativo, así como también acerca de la ventaja de su uso para la prevención de enfermedades de transmisión sexual. *

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