Luz, cámara, acción
La iniciativa elaborada por el diputado encuentrista, que cuenta además con el apoyo de distintas personalidades vinculadas al espectáculo, está compuesta por 51 artículos y crea el Iucaa, cuya naturaleza jurídica «sería privada pero de interés público».
Los fines de este instituto Cinematográfico serían «la promoción, el fomento y la regulación de la producción cinematográfica», y sus autoridades serían un director general, designado por quienes trabajan en la industria del cine, pero elegido por una terna propuesta por el Poder Ejecutivo; una asamblea de delegados; y un consejo asesor.
El organismo estaría integrado «por gente vinculada al quehacer cinematográfico, y por representantes del Poder Ejecutivo, de forma tal que exista una vinculación entre el Estado y el instituto, pero que la misma no sea una institución propiamente estatal», sostuvo el legislador durante su comparecencia ante la comisión parlamentaria.
Para Orrico, se busca lograr «una participación del Estado en la actividad, pero también de los particulares», lo cual ha dado resultados en otros sectores del quehacer artístico.
Financiación
El legislador entiende que el problema de los proyectos de este tipo es la financiación. Sin embargo, en esta iniciativa se proponen dos formas de obtener recursos. «Una de ellas es a través de un impuesto de 2% a la importación de televisores, cintas de videograbadores y DVD».
Orrico considera que este aspecto «no estaría nada mal, porque también se piratean películas, cuando alguien compra una cinta de video virgen generalmente es para piratear películas».
La otra forma de financiación sería con «un impuesto de hasta el 10% a las entradas de cine. Esto significaría un impuesto de US$ 0,50 con el precio actual de las entradas, es decir que no influiría en el precio de las mismas».
En ese sentido, en el capítulo quinto del proyecto se indica que el «fondo de fomento cinematográfico» se integrará, entre otras cosas, con «un impuesto a determinar sobre la emisión de toda publicidad desde un canal de televisión, por aire, cable, vía satélite, teléfono, o el medio que en el futuro pueda utilizarse y cuyas imágenes no hayan sido filmadas en el Uruguay».
Asimismo, con una línea de crédito de cuatro millones de dólares que será puesta a disposición del instituto por parte de la Corporación para el Desarrollo, a razón de un millón de dólares por año. Esa línea de crédito podrá ser utilizada por el Iucaa en el correr de los cuatro años iniciales desde la promulgación de la ley.
«Uno de los méritos del proyecto es que no deja el aporte de rubros en manos del Estado, que de pronto no está en condiciones de hacerlo, sino que busca que el cine financie el ciento por ciento», destacó.
El cometido del Estado sería, «por un lado, recaudar el impuesto, que tiene un fin específico y, por otro, aportar recursos humanos para conformar ese instituto donde deben estar representados».
También se crea una «cuota de pantalla» a través de la cual «las salas y demás lugares de exhibición del país, así como los canales de televisión abierta, satelital, cable, o en las futuras modalidades que cumplan similar cometido deberán cumplir con las cuotas de pantalla de películas nacionales de largo y cortometraje que fije el Ejecutivo».
Los exhibidores que no cumplan con las disposiciones relativas a la cuota de pantalla se harán pasibles a multas cuyo monto será igual al ingreso bruto de uno a quince días de exhibición.
Por otra parte, según Orrico, un mercado como el uruguayo necesita una cadena de distribución para que sus películas puedan ser vistas en otros lados. Agregó que en nuestro país se debería tener una «industria del espectáculo, porque se necesita urgentemente crear fuentes de trabajo».
Asimismo, a través del proyecto se pretende otorgar subsidios a la producción y exhibición de películas nacionales y de largometrajes.
En tal sentido, el artículo 22 de la iniciativa indica que «las películas nacionales de largometraje recibirán un subsidio para su realización cuando se trate de proyectos de coproducción, en los que estén implícitos nuestro territorio nacional, peculiaridad cultural, obras originales de guionistas uruguayos, o adaptación de obras de guionistas uruguayos». El subsidio a la producción de películas nacionales «no podrá exceder globalmente el 20% del costo documentado de la parte nacional, el reconocimiento del costo se realizará de acuerdo con las normas que establezca el instituto».
En el proyecto se excluye a los productores de carácter publicitario o propagandístico, y se establece que será la Cámara de Representantes la que evaluará el cumplimiento de los objetivos trazados.
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