Fallo de la Justicia contra reclamo médico por UCM
La Justicia no profundizó en si es legal o ilegal el decreto de esencialidad emitido por el gobierno para asegurar en medio de un conflicto médico que puede concluir hoy, los servicios de la Unidad Coronaria Móvil. Su sentencia consistió en que la Asociación de Médicos de Perses debería apelar el decreto dictado por el Poder Ejecutivo el 4 de marzo pasado por otras vías y no mediante el recurso de amparo presentado por el gremio.
Para el abogado defensor de los médicos en conflicto, Ricardo Mantero, según lo declaró a LA REPUBLICA la semana anterior, «la legalidad no es cuestionable», pero sí la delegación del derecho de huelga a manos privadas. Sin embargo, la médica Luisa Vaz señaló a LA REPUBLICA que apelaran «porque creemos que tenemos razón».
El artículo cuarto de la Ley 13.720 –según el abogado querellante–, normativa que considera los servicios esenciales, habilita a fijar turnos de emergencia sólo al Ministerio de Trabajo. Sin embargo –agregó–el decreto de esencialidad «delega a la empresa la administración de las guardias».
Durante 53 días Asociación de Médicos de Perses (AMP) y la empresa UCM «midieron fuerzas, donde se verificó que el gremio no podría obtener lo reclamado», opinó a LA REPUBLICA una fuente del Sindicato Médico del Uruguay (SMU). La demanda de los médicos, precisamente, se basó en su oposición a la resolución de la empresa del 26 de enero pasado, cuando ésta decidió administrar las guardias, actividad llevada adelante por los médicos durante 20 años.
El presidente de AMP, Bernardo Pérez, dijo en varias oportunidades que «a cambio de la administración de las guardias, que se distribuyen democráticamente entre los profesionales, la Asociación entregó a la empresa casi U$S 2,5 millones del salario de los médicos». La empresa por su parte cuestionaba la distribución de las guardias que hacía el gremio.
El SMU procuró defender los derechos de los galenos reclamantes con la declaración de sus cargos en conflicto y un paro de actividades a principios de marzo, sustentado en que la empresa había violado el convenio de 1998, donde se consignaba que los profesionales administrarían sus propias guardias.
No obstante, la propuesta acordada en el MTSS –que deberá ser refrendada o no por la asamblea de médicos de UCM–, consiste en que «la empresa administrará las horas de guardia de los médicos», confirmó a LA REPUBLICA el director de UCM, José Esmoris. En el acuerdo también se consigna que «se contratará a una de las personas que distribuía las guardias hasta el 26 de enero y se creará una comisión integrada con dos miembros de la empresa y otro parteneciente al gremio. También habrá un médico veedor para seguir de cerca que el reglamento se cumpla tal cual está acordado, al tiempo que se instaurará un tribunal de alzada para dirimir en caso de que existieran dificultades en la distribución de la guardias, sumado a otro tribunal de disciplina.
La propuesta acordada en principio en la sede del MTSS está sellada por una cláusula de paz que consigna que la empresa no tomará represalias con los funcionarios reclamantes, ni siquiera con el grupo de 60 médicos que hizo caso omiso del decreto de esencialidad emitido el 3 de marzo pasado, y que de todos modos no asistió al lugar de trabajo. Por otro lado la fórmula de acuerdo establece un aumento del 8% extendido en tres años del salario de los médicos.
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