El texto legal, aún sin sanción, consagra ayuda a inmigrantes uruguayos

Proyecto reconoce derecho al voto a residentes en el exterior

En España, en aplicación de la Ley de Extranjería, se está forzando a un grupo de uruguayos a legalizar su entrada o regresar a nuestro país a tramitarla.

Un proyecto de ley aún sin sanción, presentado en noviembre de 2000, propone establecer vínculos desde el Uruguay con los compatriotas en el exterior, con respuestas prácticas y soluciones viables. La iniciativa fue presentado en el Parlamento, con la firma de los diputados Enrique Pérez, Daisy Tourné, Enrique Pintado, Lucía Topolansky, Margarita Percovich, Nora Castro, Víctor Rossi, Raúl Sendic, Ramón Fonticciella, Carlos Pita, Gustavo Guarino, Edgar Bellomo y Esteban Pérez.

El texto reconoce a los ciudadanos uruguayos que residan en el exterior el derecho al voto para elegir candidatos nacionales y departamentales.

En esa hipótesis, la Corte Electoral resolverá que los inmigrantes deben sufragar el mismo día que lo residentes en territorio nacional, en la Oficina Consular Uruguaya, que llevará un registro cívico propio.

Para ejercer el derecho al voto, los inmigrantes tendrían su propia credencial cívica, que sería expedida en coordinación con el Ministerio de Relaciones Exteriores.

Los ciudadanos que no sufragaron en los dos últimos actos eleccionarios y hayan sido borrados del padrón correspondiente serían reincorporados. El plazo para inscribirse en los registros cívicos de los consulados uruguayos caducará 120 días antes de los comicios. Dicha oficina remitirá la nómina a la Corte Electoral para que ésta proceda a rehabilitar a los votantes.

Se informará a los partidos políticos la cantidad de inscriptos en cada circunscripción electoral en el exterior así como el domicilio de los mismos, pudiendo éstos elaborar hojas de votación especiales en cuyo pie figurará la palabra Exterior y la fecha del acto comicial a realizar.

Por vía diplomática, la Corte Electoral hará llegar a cada oficina consular, diez días antes de la elección, el padrón electoral, la urna, sobres y papeletas de votación.

Una vez celebrada la elección y dentro de los siete días siguientes, las urnas deberán ser enviadas a nuestro país para el posterior escrutinio.

El proyecto consagra otros importantes derechos. Por ejemplo, todo ciudadano uruguayo legal o natural, así como los hijos de padres uruguayos residentes en forma permanente o transitoria en el exterior, tendrían derecho a ser protegidos por los agentes consulares.

Podrán ampararse en los tratados internacionales ratificados por nuestro país, sin necesidad de estar inscriptos en el registro de nacionalidad.

Los agentes consulares

Los cónsules procurararán información permanente sobre los uruguayos residentes en sus circunscripciones, facilitando una recíproca y fluida comunicación. También deberán proveer pasaportes de emergencia, suministrar asistencia en caso de accidente, enfermedad grave o muerte, así como informar a los parientes de la situación.

Deberán certificar firmas, poner a disposición nómina de médicos y abogados locales, visitar a quienes se encuentren privados de libertad e informar a los familiares de la situación.

Según propone la norma proyectada, los agentes consulares brindarán asistencia en casos de emergencia, como desastres naturales y conflictos bélicos.

El complimiento de la ley será cometido de la Dirección de Migración, que dependerá del Ministerio de Relaciones Exteriores.

La actividad será coordinado con los ministerios de Trabajo, Educación y Cultura, Economía y Finanzas, Interior, la Universidad de la República y la Corte Electoral.

Se confeccionará un registro de los ciudadanos uruguayos y familiares residentes en el exterior, basándose en la información de las oficinas consulares.

Publicá tu comentario

Compartí tu opinión con toda la comunidad

chat_bubble
Si no puedes comentar, envianos un mensaje