Los jueces sin voz
En Uruguay existen 100 medios de comunicación masiva. La mitad de ellos son electrónicos (radios AM, FM y canales de televisión, abiertos y de abonados) y casi todos tienen sus estudios en Montevideo.
El único espacio radial que disponía la Asodema, fue otorgado a los jueces cuando ejercía la presidencia en 1992, el Juez Dr. Dardo Preza Restuccia.
Preza recordó que la Asociación le dio la posibilidad de organizar ese espacio en Radio Oriental, el que aceptó «con la finalidad de encarar temas jurídicos de interés general».
El programa trataba temas jurídicios con enfoque periodístico. Según su ahora ex conductor, «en un Estado democrático los derechos, más allá de su comunicación, una vez sancionada una ley, deben ser divulgados a nivel popular».
El jurista consideró que «la esencia de un Estado democrático es que la población conozca esos derechos y con esa idea tuvimos el programa».
Al dejar la presidencia de Asodema, abandonó la conducción del programa, porque «estaba desbordado de trabajo».
Dardo Preza narró que hace dos años, cuando asumió la presidencia del gremio de los jueces, Eduardo Vázquez le propuso que reeditara el programa. «En homenaje al colega y amigo, el programa fue reeditado, con el mismo espíritu de simple divulgación de temas jurídicos». No obstante, Preza volvió a abandonar el espacio por falta de tiempo.
Según el ministro del Tribunal de Apelaciomes, «la divulgación del derecho es importante. Es la forma de utilizar la vía más idónea y adecuada para que los conocimientos jurídicos lleguen a nivel general. Para ello, tratamos de darle un enfoque simple, de fácil percepción o acceso al público».
Preza es corredactor del anteproyecto que luego se convertió en la Ley de Prensa 16.099, vigente desde 1989. Al respecto consideró que «esta ley, aunque mejorable, aún no ha sido modificada. Incluso, la tendencia parlamentaria es a complementarla, aprobando el proyecto de ley Habeas Data del diputado Daniel Díaz Maynard.
El juez Presa opina que la libertad de prensa «está regulada prolijamente en esa ley (16.099). Hay periodistas que dicen que la ley atenta contra la libertad de expresión. Yo creo que todos los derechos fundamentales pueden ser regulados por vía legal –así lo dice la Constitución– en la medida que no se cercenen esos derechos».
Respecto a la práctica preriodística, el jurista estimó que un «periodista tiene límites en el ejercicio de su profesión, que significa no afectar los derechos de los demás, que son muy legítimos y respetables».
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