Cesar y destituir no son la misma cosa
Juan Mendieta
«Ya soy pasado. Anoche me cesó Batlle». (Titular de LA REPUBLICA, 15/01/01)
Tales fueron las amargas palabras del hasta entonces comandante en jefe del Ejército uruguayo –general Juan Carlos Geymonat– cuando el Presidente decidió remplazarlo por el general Carlos Daners.
Sin saberlo –y cayendo en un error muy extendido entre los hispanohablantes– el general Geymonat se expresó incorrectamente, pues lo que hubiera correspondido era haber dicho «el Presidente me destituyó, me echó, me sacó del culo, me obligó a renunciar o me hizo cesar».
Hace ya un tiempo me ocupé de este mismo error: hay verbos absolutamente intransitivos sin excepción por lo que construirlos como si fueran transitivos (es decir con un complemento directo o acusativo) es un atentado a la sintaxis. Nadie cesa cosa o a persona alguna; nada ni nadie puede ser cesado, de la misma manera que nada ni nadie puede ser salido o llegado por alguien. Salir, llegar, cesar y muchos otros verbos son perfecta y exclusivamente intransitivos; a nadie podría ocurrírsele construirlos con un complemento directo, sencillamente porque su semántica no lo admite. Hay otros, como entrar, bajar, subir, que siendo en principio intransitivos admiten perfectamente un acusativo: puedo decir Juan entró a la casa y también Juan entró el auto al garaje; bajá de las nubes y también bajá las persianas. Pero, repito, es inadmisible poner un acusativo por ejemplo al verbo caer.
La manzana que supuestamente permitió a Newton formular la ley de la gravedad no fue caída por nadie; podría admitirse que algo la hizo caer sobre la ilustre testa del científico pero no que algo o alguien la cayó. Y si alguien cae como consecuencia de un empujón, diremos que fue empujado (verbo que sí es transitivo) pero jamás caído. Pues bien, de la misma manera se comporta el verbo cesar. Podemos decir que la guerra, un ruido o la lluvia han cesado, o que una persona cesa en sus funciones al frente de determinado cargo. Es el caso de Sanguinetti que cesó el 1 de marzo de 2000, o de los jueces, que cesan al cumplir setenta años. Pero si lo que se quiere expresar es que no han abandonado el cargo por propia voluntad o por cumplimiento de disposiciones reglamentarias, sino por decisión de otro, debemos recurrir a otros verbos o a giros como se le pidió la renuncia o se le exigió que abandonara el cargo.
–Bueno, Mendieta, ya me tiene paspado, así que cese la perorata. Y como tomar es transitivo, me voy a tomar otra caña, aunque más no sea pa’ bancarlo…
–¡Qué lo parió!
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