Tribunal absuelve a denunciantes de maltrato en Aldeas de la Bondad
El Tribunal de Apelaciones en lo Penal de 2º Turno resolvió revocar la sentencia del juez Gerardo Peduzzi, que había condenó a seis meses de prisión a dos ex funcionarias de la institución Aldeas de la Bondad.
Las dos mujeres cumplían funciones como enfermeras en esa institución que tiene a su cargo a personas con alteraciones mentales, y trabaja en convenio con el Instituto nacional del Menor (Iname).
Ambas habían denunciado a Aldeas de la Bondad por «maltratar, atar y medicar inadecuadamente» a sus pacientes, declaración publicada por LA REPUBLICA el 15 de octubre de 1999.
Debido a esta denuncia, las autoridades de la Fundación que regentea el Hogar Aldeas de la Bondad presentaron una denuncia penal contra las dos ex empleadas y el 5 de abril, el juez Gerardo Peduzzi sentenció a seis meses de prisión a las enfermeras por el delito de difamación. La sentencia fue apelada por la defensa y en la pasada jornada, el Tribunal de Apelaciones absolvió a las imputadas. La decisión fue basada en que los miembros del Tribunal entendieron que no había intención de difamar en la denuncia presentada por las acusadas y por tanto revocaron la sentencia de Peduzzi.
Por otro lado, argumentaron que como la denuncia fue presentada a título de la fundación y no de una persona, no se puede determinar que se haya incurrido en un delito contra el honor. Según explicó el abogado de las ex funcionarias, Marti Dalgalarrondo «en este aspecto la diferencia entre una persona y una institución es que las instituciones no tienen honor». Dalgalarrondo señaló que uno de los detalles más importantes de este fallo es que «quedó claro que ellas –las dos ex funcionarias– actuaron de buena fe y no tuvieron intención de difamar».
Compartí tu opinión con toda la comunidad