El Consejo de Ministros implementa medidas de la Rendición de Cuentas
El encuentro –que comenzará a la hora 10 en el Edificio Independencia– servirá también para recibir a tres nuevos ministros, Leonardo Guzmán (Educación y Cultura), Saúl Irureta (Vivienda), y Santiago Pérez del Castillo (Trabajo y Seguridad Social), e instruirlos en las medidas que se deben tomar con vista a la entrada en vigencia de la Rendición de Cuentas, el próximo 1º de enero.
La normativa aprobada a mediados de setiembre por el Parlamento, encomienda al Poder Ejecutivo la elaboración de un proyecto de ley, estableciendo, en el marco de la racionalización y reducción del gasto del Estado, «la fusión, supresión o reorganización de los ministerios de la Administración Central, siempre y cuando ello no implique costos presupuestales».
Por tal razón se firmará el proyecto de ley que propone fusionar a Deporte con Educación y a Industria con Turismo, algo que ocurre de hecho en este momento.
Además, faculta al Poder Ejecutivo a disponer la fusión, supresión o reorganización de las diversas unidades ejecutoras de la Administración Central.
La norma establece una serie de modificaciones respecto al trabajo de los funcionarios públicos. Una de ellas indica que el Poder Ejecutivo deberá enviar al Parlamento, un proyecto de ley destinado a racionalizar y adecuar la estructura escalafonaria y salarial de los Incisos de la Administración Central, Entes Autónomos y Servicios Descentralizados.
También se establece una redistribución de funcionarios excedentarios registrados en la Oficina Nacional del Servicio Civil, en un plazo no superior a sesenta días.
Si el organismo que recibe el ofrecimiento no se expidiese en 30 días se entenderá aceptada la propuesta, debiendo la Oficina Nacional del Servicio Civil notificar al interesado, promover la redistribución y comunicar a la Oficina de Planeamiento y Presupuesto y a la Contaduría General de la Nación para proceder al ajuste de los créditos correspondientes.
Indica que se deberán tomar medidas para que ninguna persona física que preste servicios personales al Estado, cualquiera sea la naturaleza del vínculo y su financiación, podrá percibir ingresos salariales mensuales permanentes, por todo concepto, superiores al 60% de la retribución total sujeta a montepío del Presidente de la República.
Otro de los temas polémicos de la Rendición es la disposición de suprimir en todos los entes y servicios descentralizados los servicios médicos, asistenciales y odontológicos destinados a brindar asistencia a sus funcionarios, ex funcionarios y/o familiares de los funcionarios.
Por otro lado, el Poder Ejecutivo debe constituir, en un plazo máximo de 180 días contados a partir de la vigencia de la presente ley, una Comisión Consultiva con el cometido de coordinar e impulsar las actividades complementarias y competitivas de la Administración Nacional de Combustibles, Alcohol y Portland y de la Administración Nacional de Usinas y Trasmisiones Eléctricas, de manera de racionalizar y optimizar su gestión y sus recursos. *
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