Según el senador Enrique Rubio

En peligro la independencia judicial

Rubio sostuvo que «los miembros del Ministerio Público y Fiscal están equiparados a la Judicatura por el artículo 24 del Decreto-Ley Nº 15.365 (…) a los efectos de la antigüedad y promoción en las respectivas carreras, lo mismo que respecto a la dotación, jubilación y retiro» por lo que, a los efectos de su cese, la norma aplicable es el artículo 250 de la Constitución, que dispone el cese automático al cumplir 70 años de edad, lo que por otra parte está establecido a texto expreso en el numeral 1º del artículo 35 del mencionado Decreto-Ley.

«Esta ha sido la norma seguida por todos los gobiernos anteriores hasta la resolución que motiva esta intervención», comentó Rubio.

Según el legislador de la Vertiente Artiguista, «al regir en la materia una norma constitucional, no es aplicable, a mi juicio, la facultad de prorrogar el cese obligatorio ‘para los casos de funcionarios cuya permanencia en los cargos sea conveniente para la buena marcha de los servicios’ otorgada al Poder Ejecutivo por el artículo 35 del Decreto-Ley Nº 14.189″. Asimismo, «esa potestad del Poder Ejecutivo de autorizar la prórroga del cese obligatorio por razones de edad tiene como contrapartida natural la potestad de denegarla cuando la considere inconveniente. Admitir su aplicación para el caso de los fiscales, es admitir una forma directa de influir en la integración del Ministerio Público, manteniendo a unos y excluyendo a otros».

«Buena letra»

Para Rubio, «también es admitir una forma sutil e indirecta de influencia, ya que al igual que muchos otros trabajadores uruguayos, al acogerse a la jubilación los señores fiscales ven mermados en forma importante sus ingresos». «De aceptarse pacíficamente el criterio aplicado, seguramente muchos de ellos, al llegar al límite de edad mencionado, solicitarán prórroga en el ejercicio de sus funciones», reflexionó. Siendo la potestad de prorrogar el cese una potestad discrecional del Poder Ejecutivo, Rubio estima que «la independencia de la gestión puede verse afectada por la tentación de ‘hacer buena letra’ en el ejercicio de su cargo para conseguirla».

«Estaríamos ante una forma sutil de presión, no declarada ni explícita, que afectará esa independencia en razón directa a la medida en que el retiro jubilatorio afectará los ingresos de los fiscales». Rubio convocó al Poder Ejecutivo a «revisar la decisión, corregirla, y no repetirla, manteniendo el criterio seguido anteriormente». «Sería, por un lado, salvar una inconstitucionalidad y por otro, no afectar la independencia técnica del Ministerio Público consagrada por la ley, que debe preservarse a salvo de la influencia del poder político». El parlamentario solicitó la remisión de esta exposición escrita al ministro de Educación y Cultura, Antonio Mercader, y al fiscal de Corte, Oscar Peri Valdez. *

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