Plenario de Familiares de Desaparecidos manifestó "satisfacción" por procesamiento de Juan Carlos Blanco

"La muerte no se declara, debe comprobarla el Poder Judicial"

El procesamiento con prisión del ex canciller Juan Carlos Blanco generó ayer fuertes reacciones políticas que abrieron un debate sobre el valor jurídico de las conclusiones a las que arribe la Comisión para la Paz y si su informe permitirá llegar al «estado del alma» planteado por el presidente Batlle cuando creó el organismo dos años atrás.

Anoche, el plenario de la organización Madres y Familiares de Uruguayos Detenidos Desaparecidos emitió una declaración pública en que manifiestó su «satisfacción» por el procesamiento del ex ministro y precisó que «la desaparición forzada no es sinónimo de muerte», que «la muerte no se declara, debe comprobarse y ello corresponde al Poder Judicial» y que la desaparición constituye un delito «imprescriptible» y «permanente».

El comunicado de los familiares de las víctimas de la dictadura militar implicó una controversia -hecha pública por primera vez- con la Comisión para la Paz, y una respuesta a declaraciones del delegado del Poder Ejecutivo, Carlos Ramela, quien adelantó la «convicción moral» de los miembros del organismo respecto a la condición de muertos de los uruguayos desaparecidos.

La polémica sobre la «situación legal» que finalmente se dará a los desaparecidos en el informe y las recomendaciones del organismo creado en la órbita presidencial, se vio acelarada ante el encarcelamiento del ex ministro Blanco, quien fue procesado por «coautoría de privación de libertad», debido a la condición permanente que al delito da la Convención Interamericana sobre Desaparición Forzada de Personas, ratificada por Uruguay.

«Convicción moral» de la Comisión

«Cuando llegamos a una conclusión y determinamos si una persona murió como consecuencia de las torturas, de los apremios o de la forma que fuera en cada caso, nos hemos preocupado de lograr los medios de respaldo probatorio que a los seis miembros de la Comisión nos da la seguridad de que esta persona murió», declaró Ramela.

El asesor del presidente Batlle se refirió a la «convicción moral» de los miembros del organismo, cuando manifestó ayer su malestar con el dictamen del juez Cavalli, quien procesó al ex ministro Blanco por la desaparición de la maestra Elena Quinteros en 1976, sin esperar las conclusiones ni las informaciones que sobre el caso tenía la Comisión para la Paz

En una entrevista con El Espectador, Ramela dijo que Cavalli «de alguna manera debe haber entendido o debe tener argumentos jurídicos para entender que lo que la Comisión para la Paz pueda decir es jurídicamente irrelevante para la causa» o «por lo menos no cambia(ría) su conclusión final».

Ramela indicó que en una conversación telefónica de carácter reservado informó al juez que la Comisión para la Paz consideraba que el Caso Quinteros está aclarado, por eso no ocultó su contrariedad porque el magistrado dio su fallo antes de que la Comisión hiciera público su informe.

El asesor presidencial consideró que hubo intencionalidad en el juez cuando había citado a Blanco a una audiencia el 14 de octubre y luego la prorrogó para el día 18, precisamente la fecha en la que la Comisión para la Paz iba a presentar su preinforme al presidente Jorge Batlle. «Hubiese sido más justo con la causa y con la historia que el juez se pronunciara sobre lo que piensa del informe de la Comisión para la Paz. No lo hizo, y dejó la duda planteada de que la Comisión no presentó el informe, lo que no es verdad», expresó Ramela.

Sin pruebas no hay validez jurídica

Los argumentos de Ramela implicaron una respuesta a una serie de precisiones que en la misma audición realizó el abogado Pablo Chargoña, ex patrocinador de Tota Quinteros y asesor de la Secretaría de Derechos Humanos del PIT-CNT, quien consideró «sin valor jurídico» el inminente informe de la Comisión para la Paz.

Chargoña explicó que el juez Cavalli había centrado su fallo de procesamiento del ex canciller Blanco en su condición de coautor de lo que jurídicamente se conoce como «crimen de escritorio», y recordó que esa fundamentación había sido realizada en su condición de catedrático por el doctor Gonzalo Fernández, actual miembro, precisamente, de la Comisión para la Paz.

El asesor de la central de trabajadores sostuvo que «en los Estados de derechos, los crímenes, los homicidios, las muertes de las personas no se consideran esclarecidas por el dictamen de una comisión especial: son esclarecidas por la Justicia Penal después de medios probatorios del caso».

«De modo -agregó- que no es válido jurídicamente en absoluto un informe de una comisión especial en la órbita de Presidencia de la República que razone, como se viene razonando desde hace mucho tiempo, en función de los testimonios de ex presas políticas que escucharon los gritos desgarradores de Elena Quinteros en el Batallón de Infantería Nº 13 de Instrucciones».

Chargoña argumentó que «en un Estado de derecho la verdad o la falsedad de las cosas que se afirman, sobre todo en relación a delitos de lesa humanidad, deben estar respaldadas por medios probatorios», y concluyó que «para que haya una pericia médico forense tiene que estar el cuerpo, y hasta donde sabemos Elena Quinteros no aparece, no está: ¿dónde está», dijo.

¿»Punto final» o «punto y seguido»?

La hipótesis de que con el informe de la Comisión para la Paz se llegaría a un «punto final» en el tema de las violaciones a los derechos humanos, como se auspicia desde sectores del gobierno, tiene como contracara la posición de familiares de las víctimas y organizaciones de derechos humanos de trazar un «punto y seguido», hasta alcanzar la verdad total sobre lo ocurrido.

En ese sentido, pudo saber LA REPUBLICA, los familiares analizan críticamente los limitados datos proporcionados por la Comisión para la Paz en sus informes verbales (fechas, lugares y presuntas causas de muertes, proporcionadas por informales «fuentes militares»), sumado a la no adjudicación de responsabilidades individuales y, fundamentalmente, la ausencia de datos sobre el paradero de los restos de las víctimas.

Ese trasfondo del debate fue mencionado por ambos abogados, cuando Chargoña hizo referencia a los otros casos judiciales que esperan pronunciamientos similares a los del juez Cavalli, mientras Ramela realizó una enfática advertencia sobre la aspiración de la Comisión para la Paz de cerrar el tema de las violaciones a los derechos humanos durante la dictadura.

Chargoña recordó que familiares de 12 desaparecidos secuestrados en Buenos Aires -algunos de ellos aparentemente trasladados a Uruguay- tienen un proceso judicial abierto ante el juez Enrique Miraballes, quien, dada la imprescriptibilidad y permanencia del delito de desaparición forzada podría procesar a varios militares uruguayos. A ello se suma una demanda contra el ex presidente Juan María Bordaberry y el caso de la nuera de Juan Gelman

Por su parte, Carlos Ramela adelantó que la Comisión para la Paz recomendará la creación de una ley para solucionar el estado civil de los desaparecidos, donde se declararía que esas personas «no existen», aunque señaló que será la Justicia quien deba finalmente interpretar esa norma.

«Cuidado con tratar de que los organismos, las instituciones y los medios que el país se da sanamente para solucionar sus conflictos nos sirvan según cuáles sean las conclusiones o cuáles sea el uso que les queremos dar. Uruguay es un país enfermo de doble discurso y verdades a medias, tengamos la hombría, la grandeza y la prudencia de decir ‘Me sirve’, ‘No me sirve’, ‘Lo cuestiono’, ‘No lo cuestiono’. Pero no lo usemos para un lado o para otro», adujo Ramela. *

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