El caso no está amparado en la "Ley de Caducidad"

El asesinato de Roberto Gomensoro Josman no está amparado por la Ley de Caducidad que amnistió los delitos cometidos por policías y militares «durante el período de facto» ya que su secuestro, desaparición y muerte se produjo antes del golpe de Estado del 27 de junio de 1973.

Así lo entienden los familiares de quien figuraba como el primer desaparecido en el Uruguay, quien también es ahora el primer caso, dentro del territorio nacional, de quien se recuperaran restos óseos que permiten una confirmación positiva de su identidad.

Arnaldo Gomensoro, dijo anoche a LA REPUBLICA que el caso judicial iniciado en Paso de los Toros que permitió saber lo ocurrido con su hermano Roberto no puede cerrarse porque el delito no está comprendido en la Ley de Caducidad al haber sucedido meses antes del «período de facto».

«Esto tiene varias resultantes: es el primer desaparecido y es el primer resto óseo encontrado en Uruguay; también se confirman que el gobierno uruguayo mintió en informes ante organismos internacionales; y el caso no esta amparado en la caducidad, y por lo tanto van a tener que investigar», afirmó.

Efectivamente, con fecha 6 de agosto de 1984, el gobierno uruguayo respondió a la Comisión Interamericana de Derechos Humanos en relación al caso Nº 9308 que «Roberto Gomensoro, integrante del Movimiento de Liberación Nacional se encuentra requerido desde el 21 de marzo de 1973 por actividades subversivas».

En otra versión oficial, publicada en la página 597 del fascículo 10 del libro «La Subversión: Las Fuerzas Armadas al Pueblo Oriental», también se señaló un comunicado de las Fuerzas Conjuntas donde se sostenía que Roberto Gomensoro había fugado en las inmediaciones de la Facultad de Agronomía.

Arnaldo Gomensoro confirmó que los restos fueron identificados tanto por examen de ADN como por estudios de antropología forense realizados en Uruguay. «El tema lo está manejando ahora la Comisión para la Paz. Ellos nos dieron el informe y estaban esperando reunir otros casos para hacerlos públicos. Nosotros estábamos esperando que se terminara ese proceso, porque no hemos tenido información oficial a nivel judicial», explicó.

La familia aún no ha resuelto que disposición darán a los restos una vez que les sean entregados. Se realizarán los trámites correspondientes para su recuperación y se iniciarán las acciones que se entiendan necesarias para que la justicia siga actuando en el caso.

En su artículo 1º la Ley de Caducidad aprobada el 22 de diciembre de 1986 señala: «Reconócese que, como consecuencia de la lógica de los hechos originados por el acuerdo celebrado entre partidos políticos y las Fuerzas Armadas en agosto de 1984 y a efecto de concluir la transición hacia la plena vigencia del orden constitucional, ha caducado el ejercicio de la pretensión punitiva del Estado respecto de los delitos cometidos hasta el 1° de marzo de 1985 por funcionarios militares y policiales, equiparados y asimilados por móviles políticos o en ocasión del cumplimiento de sus funciones y en ocasión de acciones ordenadas por los mandos que actuaron durante el período de facto». *

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