Los generales en actividad Saavedra, Medina y González juzgarán al militar retirado

Tribunal de Honor examina conducta del coronel Silva

Silva, considerado el líder de la legión Tenientes de Artigas y ex integrante del Estado Mayor del Ejército, cobró notoriedad pública tras difundirse el contenido de un discurso de corte nacionalista, en el que el militar formulaba fuertes críticas a la situación planteada en el país. Los mandos militares prohibieron al oficial pronunciar su discurso el pasado 5 de setiembre, durante la ceremonia en la sede del Comando General del Ejército, en la cual varios retirados fueron homenajeados.

El Tribunal que juzgará a Silva quedó integrado por los generales Tomás Medina (jefe de la División Ejército III), Ricardo González (jefe de la Casa Militar de la Presidencia), y Manuel Saavedra (director de Sanidad de las FFAA). Los dos primeros son militares afines al ex presidente Sanguinetti y el tercero al presidente Batlle.

Silva fue interrogado la semana pasada en la sede del Ministerio de Defensa sobre la difusión pública del discurso, en el que cuestionaba la injerencia de «poderes externos» en el país y realizaba un llamamiento a luchar contra la «soberanía limitada». En la secretaría de Estado, Silva ratificó el contenido del discurso y también negó haber entregado una copia del mismo al diario LA REPUBLICA.

El fallo de un Tribunal de Honor se encuadra dentro de distintos límites: a. Límite A-Absolución. 1) Falta absoluta de culpabilidad. 2) Culpabilidad por imprudencia. b. Límite B-Amonestación por falta leve. 1) Haciendo constar si es un hecho aislado y si afecta o no la buena educación y conducta del amonestado. 2)Haciendo constar si es conducta habitual y si afecta o no la buena educación y conducta del amonestado. c. Límite C-Amonestación por falta grave. 1) Haciendo constar si es un hecho aislado y si afecta o no la buena educación y conducta del amonestado. 2) Haciendo constar si es conducta habitual y si afecta o no la buena educación y conducta del amonestado. d. Límite D-Descalificación por falta gravísima. 1) Haciendo constar que la falta cometida, ya sea hecho aislado o conducta habitual, compromete seriamente ante Superiores y Subalternos su actuación futura como oficial. 2) Haciendo constar que la falta cometida, ya sea hecho aislado o conducta habitual, afecta el honor de las FFAA. E. Límite E-Descalificación por Condena de Tribunales Ordinarios. *

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