Proyecto del Herrerismo establece que podrán realizar arrestos al igual que la Policía

Proponen la intervención de los militares en la seguridad pública

Los diputados herreristas Jaime Trobo y Francisco Ortiz presentaron un proyecto de ley para habilitar a las Fuerzas Armadas a intervenir en temas vinculados con la seguridad pública y efectuar detenciones, quedando su accionar amparado en la legítima defensa y la obediencia debida.

Martes 18 de abril de 2000 | 12:00
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El proyecto, incorporado a la comisión de Constitución y Códigos de Diputados, autoriza al Ejecutivo a “cometer a las Fuerzas Armadas la preservación del orden público interno, en colaboración con el Ministerio del Interior”, “o por sí mismas”.

Para convocar a las Fuerzas Armadas a realizar actividades de policías, el proyecto pone como condición que el orden público interno “esté gravemente amenazado, pertubardo o vulnerado”. Además de las tareas de vigilancia, podrán proceder al arresto de personas, “en los casos establecidos en los artículos 15 de la Constitución, 111 e inciso primero del artículo 119 del Código del Proceso Penal”. El arresto debe ser comunicado al juez de inmediato y se debe poner al detenido a disposición de la Justicia, “sin que corresponda practicar otro tipo de actuación o diligencia al respecto”.

Para la actuación de los militares en los casos previsto por el proyecto, “en caso de configuración de presunto delito, se reputará comprendidas en las causales de justificación establecidas en los artículos 26 (legítima defensa), 28 (cumplimiento de la ley) y 29 (obediencia debida) del Código Penal, salvo prueba de lo contrario”. Además, el proyecto señala que “las conductas tipificadas penalmente, ejecutadas por militares en servicio, con motivo o por razón del mismo”, “se considerarán delitos militares”.

En la exposición de motivos, los diputados recuerdan que en la administración nacionalista de Luis Alberto Lacalle, se remitió una iniciativa similar que no fue sancionada en el Parlamento. Subrayan que posteriormente “la hipótesis se practicó” y que sucedieron hechos que, “debido a la imprevisión jurídica”, han creado una incertidumbre que hay que resolver. En ese sentido apuntan a que en 1998 el Ejecutivo encomendó a las Fuerzas Armadas la vigilancia perimetral de algunas cárceles, destacando que no tendrían contacto con los reclusos. En esta separación de actividades, destacan los legisladores, “estaba velada la improvisión que hoy resulta clara”. En la defensa de la intervención de los militares en la seguridad pública, los legisladores citan la Ley 16.170 de 1990, el presupuesto del gobierno blanco, que entre las competencias de las Fuerzas Armadas, incluía la misión del mantenimiento del orden público, cuando lo disponga el Ejecutivo.

La primera vez que las Fuerzas Armadas participaron en actividades policiales fue en 1972 cuando se estableció el Estado de Guerra Interno y se extendió en el tiempo hasta la finalización de la dictadura. Pocos meses después de esa resolución, el entonces senador Wilson Ferreira Aldunate lamentó la votación y la decisión adoptada. Curiosamente, la actividad “policial” de las Fuerzas Armadas motivó, en octubre de 1972, un encendido discurso del dirigente colorado y director del diario “Acción”, Jorge Batlle, que terminó preso y procesado por la Justicia Militar por “ofender la moral de las FFAA”.

Con el retorno de la democracia, en 1985, se le retiraron esas atribuciones a las Fuerzas Armadas, aunque en los sucesos presupuestos, se dejaba abierta la posibilidad de intervenir en asuntos internos en determinados casos. Esos elementos fueron considerados por la comisión de Defensa del Frente Amplio como secuelas de la Doctrina de la Seguridad Nacional.

En 1992, cuando se produce la huelga policial, siendo ministro del Interior Juan Andrés Ramírez, elementos militares realizaron patrullajes en algunas zonas de Montevideo. Aunque la decisión del entonces presidente Lacalle de convocar a militares a realizar patrullajes fue cuestionada por oficiales del Ejército, fue evidente la presencia de efectivos de los Fusileros Navales (Fusna) en la Ciudad Vieja de Montevideo.

Seis años más tarde, se revela la existencia en el seno del comando del Ejército, cuando Fernán Amado era el comandante en jefe, de un plan para colaborar con el Ministerio del Interior en la seguridad pública. La prensa lo mencionó como “el plan asfalto” y en los hechos se concretó una vigilacia de la Policía Militar en los alrededores de las unidades militares. Un año antes se había concretado la participación de militares en la vigilancia perimetral de las cárceles de Montevideo y Canelones. Precisamente, la actuación de un soldado al matar un recluso en un intento de fuga del penal de Santiago Vázquez, Comcar, provocó una contienda de competencia entre la Justicia Civil y la Militar, sobre cuál debía investigar el caso.

El hecho ocurrió en octubre de 1998, y en primera instancia la Justicia Militar reclamó competencia sobre el incidente, pero ahora la Suprema Corte de Justicia estableció que la investigación debía de estar a cargo de la Justicia Civil. De aprobarse este proyecto, este hecho ya habría concluido con el dictamen de la Justicia Militar.

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