SCJ decidió: Benito Stern no tiene inmunidad y puede ser procesado
«Entiende la Corporación en forma unánime que debe casarse la sentencia en recurso y estarse en lugar a la sentencia de primera instancia en cuanto dispone la continuidad de las actuaciones respecto del Sr. Benito Stern Prac en la pieza principal», expresa la sentencia de la SCJ revocando el fallo del Tribunal de Apelaciones en lo Penal de 2º Turno, que por mayoría de dos votos a uno entendió que Stern no sólo no puede ser procesado penalmente por el delito que se le imputa -abuso de funciones- sino que tampoco puede buscarse resarcir el daño causado por vía civil.
La sentencia da la razón al fiscal en lo Penal de 4º Turno, Enrique Moller -quien presentó el recurso de casación luego del fallo del tribunal de apelaciones-, y al juez en lo Penal de 11º Turno, Roberto Timbal, quienes rechazaron el recurso presentado por la defensa de Benito Stern, que basada en una interpretación del artículo 178 de la Constitución señala que los ministros mantienen los mismos fueros que los legisladores, no pudiendo ser juzgados por acciones cometidas durante el ejercicio de su cargo incluso luego de abandonarlo.
En ámbitos judiciales y políticos este recurso de casación era considerado el más importante a tratar por parte de los miembros de la SCJ en este año. Su resolución -en la que los ministros por unanimidad coinciden con el ministro discorde del Tribunal de Apelaciones, Dardo Preza, y discrepan con el fiscal de Corte Oscar Peri Valdez, favorable a que los ministros no poseen inmunidad y pueden ser juzgados-, marca un precedente histórico en la jurisprudencia nacional, por el que queda claramente expresado que la impunidad del artículo 112 es por los votos u opiniones que se emitan y no por los actos de corrupción.
«Surge de las consideraciones precedentes que los actos que se atribuyen al Sr. Stern en la requisitoria fiscal (fs. 71/83) podrán o no configurar delito penal (cuestión a decidir por el juez de la causa) pero en modo alguno pueden entenderse atrapados por el estatuto de inmunidad previsto por el artículo 112 de la Constitución, en tanto no configuraran votos u opiniones», asevera la sentencia firmada por los cinco ministros de la SCJ Gervasio Guillot, Raúl Alonso de Marco, Milton Cairoli, Roberto Parga y Leslie Van Rompaey.
En el fallo se mencionan y responden los fundamentos y opiniones presentadas por la defensa de Stern (entre las que se encuentran juristas de renombre como Casinelli Muñoz y Gonzalo Aguirre Ramírez). En ese sentido se hace referencia a la consulta del ex presidente de la República y líder del Foro Batllista, Julio María Sanguinetti, afirmando que: «El Dr. Julio María Sanguinetti (en consulta presentada por la Defensa y obrante a fs. 51/56) propugna la tesis de que el artículo 178 debe ser interpretado literalmente, fundando su opinión en la afirmación de que ‘…no se puede desatender el texto literal de un artículo claro’. Tal tesis -que fuera compartida en el grado por el Sr. Fiscal de Corte (fs. 199v./200)- es de rechazo, a juicio unánime de la Corporación».
Normalmente, luego de ser notificada una casación, en tres o cuatro días se devuelve el expediente al Juzgado. En este caso, una vez que llegue el expediente al Juzgado de 11º Turno a cargo del juez Timbal, se deberá citar a audiencia por el artículo 126, puesto que ya está pedido el procesamiento de Stern por abuso innominado de funciones. Finalizada esa instancia, el magistrado tendrá que resolver si procesa o no al ex ministro.
Por esta misma investigación, surgida de una denuncia presentada por el entonces ministro de Turismo, Alfonso Varela -sucesor de Stern en ese cargo-, fueron procesadas tres personas, una de ellas el ex director general de esa secretaría de Estado. Resta para la etapa acusatoria el análisis de nueva información sobre lo sucedido en el Ministerio de Turismo, entre lo que se encuentran subvenciones otorgadas que no han tenido la correspondiente rendición de cuentas, desconociéndose el uso que se hizo de ese dinero público cuyo objetivo era promocionar el turismo en Uruguay. *
Te recomendamos
autoconvocado
Tulio Rodríguez, vocero de los camioneros, es negacionistas de los desaparecidos y militante de las armas
Se ha hecho famoso en los medios por poner la cara en nombre de los camioneros, aunque en el pasado también ha militado en causas como el negacionismo a los desaparecidos y ha esgrimido insultos contra figuras del gobierno.
Compartí tu opinión con toda la comunidad