Comisión aprobó el proyecto de ley sobre "hábeas data"
La iniciativa partió del diputado Daniel Díaz Maynard (Corriente Encuentrista Independiente).
El diputado Jorge Orrico (Asamblea Uruguay) y presidente de la Comisión de Constitución y Códigos indicó que el proyecto de hábeas data es «el derecho que tienen todos los habitantes de la República a tener información y a expresarla a través de los medios que considere más conveniente. Es decir, involucra la libertad no sólo de recoger información sino después de volcarla y de hacer las consideraciones que se crean convenientes».
La iniciativa establece que, en principio, todos los documentos que elabora el Estado son públicos, salvo aquellos que expresamente el orden jurídico establece el secreto, como por ejemplo, «hoy el presumario en materia penal, y algún documento secreto de estrategia militar. Pero, ese carácter secreto no es eterno sino que con el transcurso del tiempo esos documentos se transforman en históricos y, por tanto, pueden ser revisados por cualquier persona».
El EP-FA proponía que para que todos los documentos tuvieran carácter histórico deberían transcurrir 20 años, pero finalmente se resolvió que el período debe ser de 30 años.
Asimismo, en el proyecto se establece «una salvaguardia» en cuanto a la documentación que está manejando la Comisión para la Paz. En este caso, se determina un plazo de 10 años después de la disolución de la Comisión, para poder acceder a sus documentos. La coalición de izquierda proponía que dicho plazo fuera de dos años.
La iniciativa, que fue presentada hace dos años por el sector de izquierda e ingresará en julio a consideración del plenario, determina el derecho y acción de «hábeas data» y en su artículo primero establece que los medios de comunicación tienen la «obligación» de informar a su público «de todo aquello que concierna gravemente a la Nación o pueda considerarse de importancia principal e interés general».
El «hábeas data» es una figura del Derecho constitucional moderno que consiste en la facultad que tienen las personas de acceso a la información existente en los registros públicos y la de poder rectificarla.
En ese caso, el interesado podrá exigir la supresión, rectificación, confidencialidad o actualización de la información de referencia.
En la exposición de motivos del proyecto, que fuera presentado por legisladores del Encuentro Progresista – Frente Amplio, se establece que «el régimen democrático resulta hoy inconcebible sin la posibilidad real del acceso a la información imprescindible para que cada ciudadano pueda elaborar una opinión propia sobre los hechos que afectan sus intereses, sean éstos individuales o colectivos». Sin embargo, se sostiene que esta afirmación no resulta, en la práctica cotidiana, «de fácil concreción si la información queda reservada a un ámbito reducido o a un círculo burocrático que consolida una verdadera cultura del secreto y, de ahí, la presentación de esta herramienta». *
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