Informe jurídico del sindicato cita a los doctores Pérez Pérez, Korzeniak, Ramírez y Cassinelli Muñoz

Sutel plantea vía del referéndum

La Mesa Política del FA deberá resolver este lunes una posición sobre el proyecto de derogación de los artículos 612 y 613 de la Ley de Presupuesto, que habilitan a la venta parcial de Ancel y modifican la Carta Orgánica de Antel.

En la sesión pasada, la Mesa recibió un informe jurídico del sindicato de los funcionarios del ente (Sutel), en el cual se aconseja recorrer el camino del referéndum, pues éste al eliminar la norma, anularía los pasos dados hasta el presente en cumplimiento de lo establecido por ley.

Los juristas citados en el informe (Alberto Pérez Pérez, José Korzeniak, Horacio Cassinelli Muñoz y Juan Andrés Ramírez) sostienen que la derogación mediante la consulta popular vuelve a dejar válida la ley anterior (14.235 de 25 de julio de 1974), lo que hace innecesario otra diferente para restablecer la anterior. Ramírez establece un matiz con esa postura, al señalar que, estricto senso, se trata de una derogación con efecto retroactivo.

El documento de Sutel afirma que ese efecto anulatorio es menos claro cuando la derogación se hace mediante ley.

«Como vimos, la doctrina mayoritaria le otorga efecto anulatorio, pero ello es discutido por una parte importante y fundamentalmente ligada a los estrados gubernamentales. Pero en el caso de las leyes, no cabe duda de que el principio fundamental es la irretroactividad de la ley por lo dispuesto en el artículo séptimo del Código Civil, que expresa que las leyes no son retroactivas. Esto no quiere decir que una ley no pueda serlo, puesto que el Código es una norma de rango legal, que tiene principios inspiradores, pero no obliga ni mandata al legislador. No obstante hay que tener claro que si la propia norma no establece su ámbito espacial de aplicación los actos realizados serán válidos», precisa el texto.

El cangrejo bajo la piedra

Más adelante, el documento señala que «sin duda resulta claro que las firmas para el recurso están y que todos los cálculos políticos resultan favorables a su aprobación. Ante esto, para evitar una derrota política y un gasto inútil de recursos, el Poder Ejecutivo envía un proyecto derogatorio. Pero agrega el mismo un artículo 2º, que reproduce textualmente la definición respecto al monopolio de actividades referidas de Antel, que se encontraba en el artículo 613 y que modificaba el artículo 5º de la Ley 13.235 de creación de Antel. ¿Por qué, si la voluntad del Poder Ejecutivo es anticiparse a la voluntad popular derogando los artículos impugnados? No nos cabe duda de que en primer lugar busca que se mantenga la legitimidad de los actos realizados durante la vigencia del artículo».

Sutel sostiene que por la información que maneja «no parecen ser tantos los actos adoptados al tenor del artículo 613. Por otra parte debe distinguirse la validez de los actos de su vigencia para el futuro. En el caso concreto, por ejemplo, de las sociedades anónimas creadas por el ente, sin duda serán válidas por cuanto fueron creadas con amparo legal. Ahora bien, al carecer de marco jurídico habilitante para tener sociedades anónimas, Antel deberá en un determinado plazo ajustarse a la actual realidad jurídica. Por tanto deberá considerarlas en su patrimonio, sujetarlas a las normas de contralor del Estado y finalmente no podrá enajenarlas. Por la misma razón si una compañía privada hubiese obtenido autorización para la telefonía internacional, basado en la derogación del monopolio operada, sería válido, pero no podrá seguir funcionando para el futuro».

Las firmas están

La reunión de la Mesa contará con la presencia de Sutel y un informe jurídico de los asesores del FA. En primera instancia habría mayoría para derogar los artículos mediante el apoyo al proyecto del Ejecutivo, siempre que el mismo conste de un solo artículo, que diga «deróguense los artículos 612 y 613″, sin mención alguna a cualquier otro aspecto. En esa actitud están el PS, AU, VA y la presidencia de la coalición de izquierda.

En tanto, ayer, la Comisión de Defensa del Patrimonio Nacional dio a conocer la cifra del contralor de las firmas que la Corte Electoral realizó hasta el momento de las 700 mil entregadas para habilitar el referéndum contra los dos artículos mencionados.

De 594.022 controladas, se habilitaron 579.258, lo que indica un porcentaje de descarte del 2,4%. Restan analizar 69.463, por lo que de acuerdo al guarismo de rechazo, se validarían 67.786, alcanzando las 647.044. Es decir se sobrepasarían en 45 mil las necesarias para llamar a referéndum.

Ante esa realidad, la Comisión exige que la Corte fije la fecha del plebiscito. *

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