Ediles blancos y del EP y 2.546 firmas de vecinos rechazan medida de la comuna fernandina

Recusaron ante Parlamento aumento de la Contribución en Maldonado

Tanto el recurso de los ediles como el de los vecinos han sido interpuestos contra un decreto del intendente municipal de Maldonado, Enrique Antía, en el cual se establece el aumento diferencial de la Contribución Inmobiliaria en el departamento.

El contenido de los decretos que se recurren son el incremento de la Contribución en Maldonado, aplicándose un aumento del 50 por ciento en el casco urbano de San Carlos, en toda la ciudad de Piriápolis y playas vecinas, un 30 por ciento en Pan de Azúcar, 20 por ciento en Aiguá, y entre un 10 y un 20 por ciento de la ciudad de Maldonado, según determinadas zonas.

El decreto hace efectivo el cobro del impuesto a partir del 14 de enero de 2002.

Sin embargo, «no hay aumento de la Contribución Inmobiliaria en Punta del Este, La Barra y José Ignacio, que son las zonas de más alto poder adquisitivo en cuanto al valor del aforo de las propiedades», indicó el diputado por Unión Frenteamplista, Enrique Pérez Morad.

El artículo 303 de la Constitución de la República habilita a que se interponga, ante la Cámara de Representantes, un recurso de apelación contra decretos municipales logrando la aprobación de un tercio de los ediles de la Junta Departamental del departamento, en el cual se cuestiona la resolución municipal. En este caso se logró con los votos de los nueve ediles del EP-FA más dos del Partido Nacional.

Asimismo, se habilita el mecanismo con la presentación de mil firmas validadas de vecinos de la zona, lo cual también se alcanzó, ya que fueron 2.542 adhesiones que se presentaron. La rama baja parlamentaria dispone de un plazo de 60 días para expedirse contándose a partir de las sesiones ordinarias, ya que el receso suspende los plazos.

Pérez Morad señaló que «el recurso de los ediles en principio podría impugnar la ejecución del decreto del jefe comunal fernandino, mientras que el de los vecinos no tiene efectos suspensivos. Es decir, el intendente puede cobrar el aumento, pero si la Cámara define que el mismo es inconstitucional, la comuna deberá devolver a los vecinos el monto cobrado». *

 

 

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