Proyecto laboral para garantizar la negociación colectiva

La diputada Daisy Tourné presentó un proyecto de ley para reglamentar la negociación colectiva en el ámbito público y privado, estableciendo que el Estado deberá promover y garantizar su ejercicio.

En su exposición de motivos, la diputada socialista recuerda que la falta de legislación en este aspecto «afecta el buen desenvolvimiento de las relaciones de trabajo en el país, circunstancia que, por otra parte, ha posibilitado que en los últimos años decayera el nivel de los convenios colectivos celebrados».

Recuerda que el movimiento sindical ha reclamado en diversos ámbitos la adopción de normas que promuevan y permitan la negociación colectiva, y de mecanismos para proteger la actividad sindical.

Tourné sostiene que «dichos reclamos no son sólo legítimos, sino que se encuentran plenamente justificados por el vacío legal existente». Añade que, en la práctica, esto ha significado «la violación de las más elementales normas de trabajo y el desconocimiento del derecho a participar en la fijación de salarios y condiciones de trabajo de los trabajadores y sus organizaciones, derecho consagrado en instrumentos jurídicos de más alto rango».

La diputada indicó que en la pasada legislatura se llevaron a cabo encuentros tripartitos para encontrar acuerdos, sin resultados. Tourné sostiene que si bien no es tiempo de endilgar responsabilidades, «el Estado permaneció en un rol excesivamente pasivo».

En el proyecto de ley, la diputada establece criterios de representatividad de las organizaciones gremiales cuando exista más de una que reclame competencia. Se establece además que las partes «están obligadas a negociar», lo que no supone la obligación de llegar a acuerdos. Por lo mismo, la negativa de cualquiera de las partes a concurrir a las negociaciones, «será considerada una práctica desleal y dará lugar a sanciones».

En esas negociaciones existe también, por este proyecto de ley, obligación a proporcionar información a la otra parte sobre la situación económica y social de la rama en que se negocia o de la empresa. También sobre los cambios tecnológicos, planes de reestructuración, reducción de personal, y toda otra información que permita una buena negociación. Dicha información será reservada y no podrá ser divulgada, bajo sanciones.

Los convenios deben celebrarse por escrito y deben ser inscriptos en el Ministerio de Trabajo. El tiempo de vigencia de los convenios se establecerá en los mismos y serán de carácter obligatorio.

El proyecto establece también garantías para los trabajadores que negocien los acuerdos. «Los trabajadores designados por sus organizaciones sindicales para actuar en las negociaciones de un convenio colectivo, no podrán ser despedidos por ninguna causa, salvo notoria mala conducta. Ni podrán sufrir menoscabo respecto al empleo o condiciones de trabajo».

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