Tribunal confirmó procesamiento de ex jerarca del Banco de Seguros

El Tribunal de Apelaciones en lo Penal de 1er. Turno confirmó el procesamiento del gerente general del Banco de Seguros del Estado (BSE), Jorge Dotta, por el delito de conjunción del interés particular y público. A partir del fallo de segunda instancia, la Suprema Corte de Justicia está en condiciones de instrumentar la denominada desenvestidura temporaria que, de aplicarse, impediría a Dotta ejercer como abogado.

La sentencia del Tribunal de Apelaciones fue por la unanimidad de sus tres miembros, Milka Núñez, Jorge Pino Ruibal y Eduardo Lombardi Escayola, ratificando el fallo de primera instancia del juez en lo Penal del 8º Turno, Pablo Eguren, quien procesó con prisión a Dotta –tercero en la jerarquía del BSE– por el delito de conjunción del interés particular y público.

Con este fallo queda firme la sentencia de primera instancia y notificadas las partes el caso seguirá el proceso normal, continuando con la etapa de sumario, la ampliación sumarial y la sentencia definitiva.

También tras este fallo, los ministros de la Suprema Corte de Justicia están en condiciones de suspender preventivamente el título a Dotta, porque el delito por el que fue procesado lo cometió en base a su profesión de abogado. El trámite se denomina desinvestidura temporaria y para ello la Corporación Judicial primero tiene que ser notificada del caso.

Dotta estuvo detenido en Cárcel Central poco menos de un mes, tras ser procesado con prisión el 30 de mayo de este año.

En tanto, en el Juzgado de 8º Turno se sigue con la instrucción de otros presumarios relativos a supuestas irregularidades en el BSE. Según se desprende del fallo judicial de primera instancia, el gerente general intervino de modo ilícito en la tramitación del litigio trabado contra el BSE por el cobro del seguro de una camioneta Jeep Grand Cherokee, propiedad del futbolista Sergio Martínez. La intervención de Dotta a favor del expediente patrocinado por su socio en un estudio privado, Boris Igelka, constituyó –en opinión de la fiscal Guianze y del juez Eguren– una incursión en el delito de conjunción del interés particular y público, previsto por el artículo 161 del Código Penal. El delito tiene una pena que puede ir de seis meses de prisión a tres años de penitenciaría. A ello se agrega una pena de inhabilitación especial de dos a cuatro años y una multa que va de las diez a las diez mil Unidades Reajustables. En entrevista con LA REPUBLICA, el presidente del BSE, Alberto Iglesias, anunció que tras el procesamiento del gerente general de la institución, Jorge Dotta, «alguna variación va a tener que sobrevenir». El propio jerarca dijo que hay funcionarios sumariados y separados del cargo. *

Te recomendamos

Publicá tu comentario

Compartí tu opinión con toda la comunidad

chat_bubble
Si no puedes comentar, envianos un mensaje