¿Violó la veda?
El organismo electoral debería determinar si el medio televisivo incurrió en una violación de la Ley 17.045 que se refiere a la «publicidad electoral de los partidos políticos».
Según la norma, «los partidos políticos podrán iniciar su publicidad electoral en los medios de radiodifusión, televisión abierta, y para abonados, sólo a partir de cuarenta días para las elecciones departamentales».
La fecha establecida por las autoridades electorales para el inicio de propaganda proselitista en medios de comunicación masiva se fijó para el 4 de abril a la hora cero la cual debe cesar 48 horas antes del acto eleccionario del 14 de mayo próximo. La ley sobre publicidad electoral establece además que «el control de lo dispuesto será realizado por la Corte Electoral».
Escrutinio primario
El subsecretario del Ministerio del Interior, Daniel Borreli, comunicó oficialmente el pasado miércoles al presidente de la Corte Electoral, Carlos Urruty, que la secretaría de Estado no brindará los resultados del escrutinio primario de las elecciones del próximo 14 de mayo.
Tal como lo adelantó LA REPUBLICA, el Ministerio del Interior no recopilará ni difundirá los datos correspondientes al escrutinio primario de las departamentales, como lo venía realizando desde la creación de la Corte Electoral y de la Ley de Registro Cívico en 1924, con la finalidad de reducir el gasto público, dispuesto por el Presidente de la República, Jorge Batlle.
La decisión se sustentó en que la propia secretaría de Estado ha gastado aproximadamente «quinientos mil dólares tanto en la primera ronda electoral del pasado 31 de octubre como en el balotaje del 28 de noviembre, en base a lo cual se realizó un cálculo estimativo proyectado hacia los comicios departamentales».
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