Plantean modificaciones a proyecto de ley que pena delitos de lesa humanidad
El diputado por Alianza Progresista, Edgar Bellomo planteó en el seno de la Comisión de Derechos Humanos de la Cámara de Representantes una serie de modificaciones al texto del proyecto de ley a través del que se tiende a penar los delitos de lesa humanidad, con el objetivo de «otorgarle mayores posibilidades al juez para juzgar y no tenga que comprobar etapas anteriores».
Bellomo propone modificar el artículo 2 de la iniciativa cuando se refiere a que se consideran sujetos activos de los delitos de lesa humanidad, «los particulares que por orden, instigación o inducción de los funcionarios los ejecuten, sin perjuicio sobre las normas comunicabilidad en materia de coparticipación».
Explicó que en algunas ocasiones «el Estado puede decir que en el momento en que emitió la orden había dejado de ser un funcionario y era un particular, entonces queremos cubrir esta alternativa. El parlamentario planteó agregar en el artículo 4: «Que no se considerarán delitos políticos, ni comunes conexos con delitos políticos, ni delitos comunes cuya represión obedezca a fines políticos, a efectos de que pueda ser más genérico y que la extradición no se vea detenida en su eventual proceso porque no esté perfectamente tipificado el origen». Asimismo en el artículo 7 que expresa: «El que impusiese cualquier forma de tortura a una persona privada de cualquier forma de libertad será castigado con 2 a 8 años de penitenciaría», el legislador propone eliminar «privado de libertad para darle más posibilidades al juez».
En ese sentido ejemplificó con el caso de Fernando Miranda quien un día fue secuestrado y al día siguiente, víctima de una serie de torturas, falleció. Por lo que «no se puede tener la certeza de si fue registrado el ingreso como detenido, en qué calidad y en qué lugar». *
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