Proponen modificaciones a proyecto sobre perseguidos

Los grupos que reúnen a las personas que fueron perseguidas por la dictadura, señalaron la necesidad de realizar una serie de modificiaciones al proyecto de ley del Poder Ejecutivo que repara la situación jubilatoria a ex presos y exiliados.

En un documento firmado por la Comisión por el Reencuentro de los Uruguayos, Comisión de Derechos Humanos y Jubilatorios del PIT-CNT, y por la Asamblea Nacional de Ex Presos Políticos del Uruguay, se indica que si se aprobara el proyecto tal como lo envió el gobierno habría cientos de excluidos.

En octubre pasado ingresó a la Comisión de Seguridad Social de la Cámara de Diputados un proyecto de ley mediante el cual se reconoce como efectivamente trabajados los años en los que algunas personas debieron abandonar su trabajo debido a que fueron detenidos o tuvieron que abandonar el país por culpa de la dictadura.

El proyecto del Poder Ejecutivo ampara a quienes previamente a su detención, exilio o clandestinidad eran trabajadores de la actividad privada, que puedan probarlo documetalmente y que no hayan sido incluidos en las leyes de destituidos públicos, ni que siendo exiliados hayan estado en países con los cuales Uruguay tiene convenio de seguridad social: Argentina, Brasil, Chile, España, Italia, Venezuela, Paraguay, Bolivia, Portugal, Ecuador, Grecia, Costa Rica. Además se establecen montos en salarios mínimos nacionales.

La Coordinadora de los grupos de Derechos Humanos cuestiona el hecho de que no se acepte como prueba a testigos y que sólo se fundamente el proceso en documentos.

Agrega que el proyecto «no incluye a las personas que no eran trabajadores de la actividad privada (por ejemplo estudiantes, amas de casa, desocupados) previamente a su detención o exilio. ¿Incluirá a los cuentapropistas o patrones (modista, peluquero, almacenero, chacrero) y a los trabajadores afiliados a otras cajas que no sean el BPS?».

Se indica que tampoco se incluye a los trabajadores de la actividad privada destituidos por causa de la dictadura que no eran dirigentes sindicales clandestinos: «por ejemplo, a los destituidos por hacer la huega general o por otras tantas luchas sindicales o populares». *

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