Arana evaluará el momento y el monto del ajuste; sería este sábado

Inminente aumento del boleto urbano: se iría a más de $ 9.50

Sin embargo, las autoridades municipales aseguran que el gobierno está inhabilitado constitucionalmente para imponer el IVA al boleto.

Fuentes municipales indicaron a LA REPUBLICA que este año hubo «una evolución muy fuerte de las variables», lo que llevará a un próximo incremento que podría darse este sábado. Los técnicos de la comuna comenzaron a analizar la evolución de las variables el 1º de agosto, al cumplirse un año sin aumentos. Las subas en diversos factores impidieron una rebaja en mayo, cuando el gobierno nacional eliminó los aportes patronales al transporte.

Pese a la presión ejercida por autoridades nacionales y por el propio presidente Jorge Batlle, la Intendencia de Montevideo (IMM) no rebajó el boleto pero el intendente Mariano Arana reconoció que la medida permitiría mantenerlo a nueve pesos por más tiempo.

Luego del análisis realizado en los últimos días se concluyó en la necesidad de una suba. Los datos serán presentados el miércoles al director del Departamento de Acondicionamiento Urbano, Roberto Villarmarzo, que evaluará junto a Arana el momento y el monto de la suba, que se estima será el sábado y superará los cincuenta centésimos.

Potestad municipal

Por otra parte, el director del Departamento Jurídico de la IMM, Adolfo Pérez Piera, defendió la potestad municipal sobre el precio del boleto y dijo que el gobierno nacional no está habilitado constitucionalmente a cambiar la carga impositiva sobre el boleto.

Si bien aclaró que los técnicos de su departamento «todavía están estudiando el tema», afirmó que «no sería posible que el gobierno nacional gravara el boleto, por constituir una fuente exclusiva de tributación de los gobiernos departamentales». El artículo 297 de la Constitución de la República establece que «serán fuentes de recursos de los gobiernos departamentales, decretados y administrados por éstos», entre otras cosas «las tasas, tarifas y precios por utilización, aprovechamiento o beneficios obtenidos por servicios prestados por el gobierno departamental y las contribuciones a cargo de las empresas concesionarias de servicios exclusivamente departamentales».

Según Pérez Piera, el transporte urbano es un servicio concesionado por la comuna y constituye un «recurso genuino», por lo que el gobierno nacional no tendría injerencia en el mismo. En ese sentido, recordó que algunas comunas tienen tributos propios sobre el boleto urbano y que, en el caso de Montevideo, desde 1973 hasta 1991 estuvo vigente una Tasa para Mejoramiento de la Red Vial, que comenzó en un cinco por ciento sobre el precio del boleto y terminó en un tres por ciento. Agregó que entre 1990 y 1991 el gobierno resolvió gravar al transporte interdepartamental e internacional y la Suprema Corte de Justicia «sentenció que podía hacerlo pero que eso no sería posible cuando el servicio fuera fuente de recurso de los gobiernos departamentales». *

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